Actualizado 09/12/2015 12:06

La Junta transforma 1.015 viviendas protegidas de venta a alquiler

SEVILLA, 5 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Fomento y Vivienda ha transformado a régimen de alquiler desde el año 2010 en Andalucía un total de 1.015 viviendas protegidas promovidas por la Junta inicialmente para la venta con el fin de "facilitar la adjudicación de este parque residencial de iniciativa pública y favorecer el acceso de las familias con menos recursos a una vivienda digna a precio razonable y sin lastrar los ingresos".

Según han indicado a Europa Press fuentes de la Consejería, esta medida, también utilizada por el conjunto de promotores de vivienda protegida en la comunidad, se puso en marcha coincidiendo con el inicio de la crisis económica, "que castigó especialmente a las familias destinatarias de esta tipología residencial, ya que por la pérdida de empleo vieron mermada su capacidad de endeudamiento para acceder a un inmueble de estas características en propiedad".

Por ello, la Junta de Andalucía aprobó en 2010 una orden de desarrollo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 que favorecía este trámite.

Desde la puesta en marcha de esta iniciativa, la Consejería de Fomento y Vivienda ha cambiado en Almería un parque residencial de 93 viviendas, en Cádiz los inmuebles acogidos a la medida suman 105, en Córdoba ascienden a 99, en Granada a 263 y en Huelva a 39.

Por su parte, en la provincia de Jaén AVRA ha transformado a alquiler 100 inmuebles, en Málaga un total de 40 VPO, y en Sevilla un parque residencial compuesto por 276 viviendas.

De acuerdo, con esa normativa, una vez que el titular de las viviendas protegidas en venta dispone del listado de demandantes, puede ofrecerles los inmuebles en régimen de alquiler, respetando siempre las condiciones y requisitos establecidos para una vivienda protegida, como cumplir el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples fijado, no disponer de otra vivienda en propiedad o destinarla a residencia habitual.

A continuación y con los demandantes dispuestos a acceder en alquiler a esos inmuebles, el promotor está obligado a entregar a las delegaciones territoriales de Fomento y Vivienda los contratos de arrendamiento para su visado. Para llevar a cabo este procedimiento no es necesario realizar un cambio de calificación de la promoción, según han explicado las fuentes.

En esta conversión, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), promotora de estos inmuebles construidos por la Junta, se ha decantado indistintamente por dos modalidades de arrendamiento, esto es, bien VPO en alquiler o bien VPO en alquiler con opción a compra.

Esta última alternativa permite al destinatario "acceder a la propiedad transcurridos diez años y repercutir parte de las rentas que abona en el precio final de venta". Ha precisado que en ambos casos, no se requiere de un endeudamiento inicial de los ingresos familiares de quienes acceden a los inmuebles ya que únicamente tienen que aportar las rentas de alquiler requeridas, que en cualquier caso, y de acuerdo con el marco normativo existente en Andalucía, no deberán suponer un cuarto de los ingresos anuales de una familia.

Las familias destinatarias de los inmuebles acogidos a esta medida suelen contar, con carácter general, con unos ingresos anuales inferiores a las 3,5 veces el Iprem, equivalentes a más de 26.000 euros netos. Se trata de un sector de población con dificultades para acceder a estos inmuebles si se hubieran mantenido con el régimen en venta. Las rentas medias de arrendamiento que suelen hacer frente los inquilinos de estas viviendas suelen situarse en torno a los 200 euros mensuales.