La AN cree "desproporcionados" los servicios mínimos del Ministerio de Fomento en la huelga del Aeropuerto de Loiu

Actualizado: jueves, 21 enero 2010 11:34

BILBAO, 21 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional considera "desproporcionados" y carentes de "motivación" los servicios mínimos establecidos por el Ministerio de Fomento durante la huelga de los servicios de limpieza y recogida de carrillos en el Aeropuerto de Loiu, en una sentencia en la que estima le recurso contencioso-administrativo presentado por el sindicato ELA.

En un comunicado, la central sindical afirma que, en su resolución, la AN considera que el Ministerio de Fomento no aportó "motivos suficientes" para que se impusieran servicios mínimos "que afectaban al 100 por cien de la plantilla en el paro convocado para el pasado 5 de julio por el comité de empresa de Eulen, concesionaria del servicio de limpieza y recogida de los carrillos en el aeropuerto de Loiu".

Además, señala que, en su exposición de motivos, la sentencia apunta que la restricción del derecho de huelga mediante el establecimiento de servicios mínimos exige "una fundamentación razonada", que debe referirse a tres niveles de motivación: el del carácter esencial del servicio afectado por la huelga, el de los concretos servicios mínimos dispuestos, y el de los efectivos personales precisos para el desempeño de éstos.

En esta línea, apunta que la Audiencia Nacional considera que la Orden del Ministerio de Fomento "no motivó ninguno de estos niveles conceptuales, e incluso determinó servicios mínimos del 100 por cien en alguna actividad concreta, sin que ello sea razonable, y resulta, en todo caso, "desproporcionado", ya que, "por su propia naturaleza, la huelga presupone anormalidad en el servicio", y los servicios mínimos no pueden significar, en principio, "el funcionamiento normal del servicio" para no hacer perder a la huelga "capacidad de presión".

Tras señalar que los servicios mínimos deben determinarse, además, en relación a las concretas circunstancias de la huelga, la resolución estima que la Administración "no justificó sus criterios limitativos, y que no es suficiente con una genérica justificación, aplicable a cualquier huelga".