Consejo de Seguridad Pública de Euskadi realizará seguimientos de la situación del terrorismo y de la 'kale borroka'

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 22:37

Gobierno vasco aprueba el decreto de organización y funcionamiento de este Consejo

VITORIA, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado el Decreto que regula la organización y funcionamiento del Consejo de Seguridad Pública que, entre otras funciones, será el encargo de realizar seguimientos de aquellos factores que puedan "perturbar una pacífica convivencia ciudadana", como el terrorismo, la violencia callejera y de grupos o fenómenos similares, la violencia de género, la xenofobia o el racismo, para "prevenir conflictos y peligros que puedan poner en riesgo a los ciudadanos o a los valores más esenciales de la sociedad".

Según ha informado el Ejecutivo, la creación de este consejo está contemplada en la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi como órgano consultivo y de participación superior en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Consejo de Seguridad servirá para intercambiar ideas y experiencias, así como para favorecer la coherencia en las actuaciones de las diversas entidades e instituciones implicadas y afectadas por la política de seguridad pública.

Entre las funciones asignadas al Consejo, destaca el análisis, estudio y evaluación de la situación global de seguridad pública en Euskadi, a partir de los referentes más significativos que giran en torno a la seguridad, promoviendo estudios de comportamiento y análisis de situación que permitan operar sobre circunstancias concretas y valorables a los servicios englobados en el sistema de seguridad pública de Euskadi.

También efectuará seguimientos de aquellos factores que puedan perturbar una pacífica convivencia ciudadana, como el terrorismo, la violencia callejera y de grupos o fenómenos similares, la violencia de género, la xenofobia o el racismo, a fin de prevenir conflictos y peligros que puedan poner en riesgo a los ciudadanos o a los valores más esenciales de la sociedad.

Además, promoverá medidas generales de mejora de la situación de la seguridad e impulsará iniciativas orientadas a mejorar los servicios de las distintas administraciones públicas relacionadas con la seguridad pública, e informará sobre el plan general de seguridad pública de Euskadi.

El Consejo de Seguridad Pública de Euskadi estará presidido por la consejera de Seguridad, Estefanía Beltrán de Heredia, y ocupará la vicepresidencia el viceconsejero de Seguridad, Josu Zubiaga. La Secretaría será ocupada por el titular de la Dirección del Departamento que designe la consejera de Seguridad y tendrá voz y voto. El organigrama se completa con doce vocales designados por el titular del Departamento competente en materia de seguridad pública.

ALCALDES DE LAS TRES CAPITALES VASCAS

También estarán representados los tres alcaldes de las capitales de los Territorios Históricos; el presidente de la asociación o federación de municipios vascos con mayor representación e implantación poblacional en la Comunidad Autónoma; y tres representantes de la Administración Foral designados por los diputados generales de los tres Territorios Históricos, de entre sus diputados forales.

Además, formarán parte de este Consejo el presidente del Consejo Vasco de la Abogacía, mientras que la Administración del Estado estará representada por el vocal que designe el delegado del Gobierno en el País Vasco. La Administración de Justicia en el País Vasco estará representada por un vocal a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Podrán asistir, asimismo, como vocales cuando lo soliciten, el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

La pertenencia al Consejo de Seguridad Pública de Euskadi no dará derecho a retribución alguna. Asimismo, deberán asistir, en función de las materias que se traten, personas que ostenten responsabilidades en materia de emergencias y protección civil, tráfico y seguridad vial, juego, espectáculos y actividades recreativas, u otras personas físicas o jurídicas, ya sean públicas o privadas, que resulten de interés a los fines del Consejo de Seguridad Pública de Euskadi.

La presidencia del Consejo podrá convocar a otras personas a las reuniones del mismo como asesores atendiendo a su experiencia y conocimientos en relación a los asuntos a tratar.