Mondragon aprueba una nueva regulación para el capital de los socios que mantiene el tipo de interés máximo en el 7,5%

Actualizado: miércoles, 14 abril 2010 22:42

SAN SEBASTIAN, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

Mondragón ha decidido adoptar una nueva regulación del tratamiento del capital de los socios, que mantiene el actual tipo de interés máximo con el que se retribuye el capital de los socios, el 7,5 por ciento, al considerar que es una referencia consolidada entre el colectivo.

Por otro lado, establece una serie de límites al devengo (limitación al 40% sobre los resultados de la cooperativa) y a la monetarización de intereses (limitada al 50% del resultado consolidado de la cooperativa). Todo ello, con el fin de asegurar el fortalecimiento económico-financiero de las cooperativas.

Según informó hoy la cooperativa guipuzcoana, esta medida forma parte de las ponencias debatidas y aprobadas por el X Congreso del grupo cooperativo Mongragon el pasado 14 de abril, en Arrasate-Mondragon. A esta cita corporativa estaban convocados un total de 650 compromisarios en representación de todas las cooperativas integradas en el grupo.

Las cooperativas de Mondragon consideran al factor capital como un "instrumento subordinado al trabajo, un factor necesario para el desarrollo empresarial y, por tanto, acreedor a una remuneración justa, adecuada y limitada en su cuantía".

La ponencia debatida y aprobada en el Congreso establece una nueva regulación del capital más adaptada a las necesidades de las cooperativas. En este sentido, persigue conectar el tratamiento del capital con la situación económico-financiera de la cooperativa y evitar "desequilibrios" entre la retribución al trabajo y al capital.

JUNTA Y PLENO

En el Congreso de la cooperativa también se debatió una ponencia relacionada con una propuesta de confluencia de las dos modalidades actuales de reunión del Congreso (Junta de Congresistas y Pleno del Congreso).

En dicho encuentro, se acordó la desaparición de las dos modalidades actuales de reunión del Congreso (Junta de Congresistas y Pleno del Congreso) y el establecimiento de una única modalidad de reunión, con todas las facultades decisorias y con requisitos de procedimiento específicos en el caso de las decisiones de cambios normativos.

Por lo tanto, a partir de ahora se celebrará una única reunión anual, un Congreso Cooperativo en el que no será necesario que se presenten ponencias todos los años. Asimismo, se establecen nuevos plazos de convocatoria, más cortos, tanto para las propuestas de modificación de Normas como para la presentación de enmiendas por parte de las cooperativas.