Condenado un hombre en Badajoz a un año de prisión por maltrato psíquico a su expareja

Actualizado: miércoles, 8 enero 2014 15:33
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BADAJOZ, 8 Ene. (EUROPA PRESS) -

   El juzgado de lo penal número 2 de Badajoz ha condenado, de conformidad con las partes, a un año de prisión a un hombre de 49 años por un delito de maltrato psíquico habitual en el ámbito familiar (violencia de género) hacia su expareja.

   En la sentencia también se recoge la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 400 metros, así como a su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por ella, y de comunicarse con la mujer por un periodo de cinco años. Además, le prohíbe tener y portar armas durante tres años.

   La sala considera probado los hechos que se le imputan y que se remontan a junio del 2012, cuando el acusado se encontraba en el recinto ferial de Badajoz y se abalanzó sobre su cónyuge al no aceptar la ruptura de la relación que ésta proponía "y la cogió de la cara para obligarla a darle un beso, llegándole a introducir la lengua en la boca", sin llegarle a producir ninguna lesión, "todo ello con el propósito de perturbar su ánimo y su sentimiento de libertad y seguridad", según la sentencia.

   Entre abril y julio de ese año el acusado se dedicó a entrar y salir "libremente" en el domicilio familiar, en la capital pacense, "sin aceptar la separación de hecho acordada con su cónyuge" y sin el consentimiento de ésta, dedicándose a abrir armarios y cajones, mirar el correo y llevarse dos televisores y un equipo de música, "con la intención de constreñir la capacidad de decisión y autodeterminación" de la mujer.

   Como consecuencia de estos hechos, según pone de manifiesto la sentencia, la mujer ha visto "deteriorada" su tranquilidad, autonomía e independencia, "siendo sometida a un clima familiar de constantes expresiones injuriosas, conductas coactivas y frases menospreciantes por parte del acusado", que la perseguía de forma continua a su domicilio y su lugar de trabajo, "viéndose deteriorada gravemente la paz y el normal desarrollo de la vida familiar".

   Esta sentencia es firme al haber conformidad de las partes y haberse anticipado en el acto del juicio la intención de éstas de no recurrir.

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