MÉRIDA 19 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó hoy el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos que regirá en la región durante el año 2009.
En concreto, los días aprobados son el 1 de enero, Año Nuevo; el 6 de enero, Epifanía del Señor; el 9 de abril, Jueves Santo; el 10 de abril, Viernes Santo; el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; el 15 de agosto, Asunción de la Virgen; el 8 de septiembre, Día de Extremadura; y el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
También serán inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos el 2 de noviembre, al disfrutarse en esta fecha el descanso laboral correspondiente al día 1 de noviembre, Todos los Santos; así como el 7 de diciembre, al disfrutarse en esta fecha el descanso laboral correspondiente al día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; el 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y el 25 de diciembre, Natividad del Señor.
Además, serán inhábiles en cada entidad local los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales.
Por otra parte, el Ejecutivo extremeño autorizó a las consejerías proceder a la prórroga de convenios anteriormente suscritos con entidades locales y otras entidades públicas, dentro del plazo de vigencia, si éstas lo han solicitado.
La autorización establece que el nuevo plazo vendrá determinado en función del tiempo necesario para la ejecución del objeto del convenio, sin que pueda exceder del 31 de diciembre de 2009.