MÉRIDA, 16 Jul. (EUROPA PRESS) -
Los parques eólicos que se instalen en Extremadura deberán crear tres puestos de trabajo por cada megavatio de potencia instalado, o bien ceder el ocho por ciento de su facturación anual al ayuntamiento en cuyo término municipal está instalada la planta, para la puesta en marcha de actividades generadoras de empleo.
Esta es una de las novedades que presenta el nuevo decreto por el que se regula la instalación de parques eólicos, que ha sido aprobado este viernes por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, y presentado posteriormente en rueda de prensa por el consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente, José Luis Navarro.
Según consta este decreto, para elegir la opción de ceder el 8 por ciento del facturación anual (sin IVA), deberán estar de acuerdo la empresa promotora del parque y el ayuntamiento del término municipal correspondiente, ya que en caso de que no haya acuerdo, se mantendrá la premisa de crear de tres puestos de trabajo por megavatio instalado.
Así, en el caso de que se elija la opción de la creación de puestos de trabajo, éstos deberán mantenerse por un periodo mínimo de 10 años, mientras que en el caso que se opte por la cesión del ocho por ciento de la facturación, el plazo asciende a 25 años. De esta cesión, ha explicado el consejero, el 70 por ciento irá a parar al ayuntamiento o ayuntamientos en cuyo término municipal esté instalada la planta, y el 30 por ciento restante, a la mancomunidad correspondiente.
En todo caso esta aportación "deberá destinarse a actividades generadoras de empleo, nunca podrá destinarse a gasto corriente", ha señalado el consejero de Energía, Industria y Medio Ambiente.
SE ELIMINAN LAS CONVOCATORIAS
En su intervención, Navarro ha destacado que una de las novedades del decreto es que desde el día que entre en vigor "permanecerá indefinidamente abierta la posibilidad de solicitar autorización, no hay que esperar a que se abra ninguna convocatoria", y por tanto no tiene plazo.
El consejero ha explicado que el proceso para la autorización del parque, se abre "en cualquier momento", cuando la empresa promotora presente una solicitud "enormemente sencilla". Una de las novedades es que la solicitud se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, y a partir de ahí se abre un mes de plazo para que los interesados "puedan presentar otra solicitud en competencia con el primero que lo solicitó, para el mismo emplazamiento, en coincidencia total o parcial".
De esta forma, el Gobierno regional pretende "evitar que el simple hecho de adelantarse unas horas o unos días haga que solo pueda tramitarse uno", cuando según ha asegurado el consejero, hay empresas que están estudiando instalarse en el mismo emplazamiento.
En caso de que haya competencia por la misma ubicación entre más de una empresa, los promotores deberán presentar a la Junta la documentación "un poquito más ampliada", como un estudio de explotación del parque y una memoria de actuaciones en materia de desarrollo socieconómico, para que se "pueda comparar unos proyectos con otros", ha señalado.
Una vez presentada la documentación adicional, y con los informes adicionales solicitados por el Gobierno regional, será el momento de resolver, por parte de la Junta de Extremadura y en un periodo de seis meses desde que finalizó el plazo del DOE, qué solicitud se autoriza "con carácter previo", a expensas de que la empresa presente el proyecto de la planta y el estudio de impacto ambiental.
DIEZ CRITERIOS DE VALORACIÓN
A la hora de seleccionar cuál de los competidores se autoriza, el decreto recoge "con mucho detalle" diez criterios de valoración de la planta, que suman un máximo de 100 puntos, y que valoran aspectos como las actuaciones en materia de desarrollo socioeconómico, la presentación del mismo proyecto en una convocatoria anterior, o tener avanzada la disponibilidad del terreno, entre otros.
Tras la selección de uno de los proyectos, empieza el procedimiento ordinario de cualquier instalación de generación de energía eléctrica, con todos los requisitos que se le exigen a cualquier planta, por lo que Navarro ha señalado que el hecho de que un proyecto reciba la autorización previa de la Junta "no implica que ese parque vaya a quedar definitivamente autorizado".
A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE
Según ha anunciado el consejero, el nuevo decreto para la instalación de parques eólicos entrará en vigor el próximo 1 de octubre, tras el descanso estival, y con el objetivo de que las empresas promotoras tengan tiempo de conocer y estudiar la nueva normativa, así como de preparar la documentación necesaria.
También ha destacado el consejero que el anterior decreto establecía zonas geográficas de la región excluidas de la instalación de parques eólicos, que en este nuevo decreto también se mantiene pero se reduce en un 10 por ciento la zona excluida.
Finalmente, José Luis Navarro ha querido dejar claro a los promotores que la Junta de Extremadura únicamente autoriza la instalación de los parques eólicos, pero "no tiene competencia para reconocer el derecho al cobro de la prima", ha apuntado.
Para explicar el contenido del nuevo decreto y su aplicación, el consejero ha solicitado su comparecencia en la Asamblea de Extremadura, y ha señalado que en septiembre se reunirá con empresas y ayuntamientos para informar sobre sus novedades.
Cabe recordar que el decreto sobre parques eólicos vigente en la actualidad fue aprobado en 2005, y a finales de 2008 se aprobaron 23 parques en función de ese decreto, momento en el que se anunció la intención de la Junta de Extremadura de "modificar la normativa aprendiendo de la experiencia y adaptándola a la nueva situación".