Archivo - Grupos de comensales sentados en una terraza de un establecimiento, a 23 de octubre de 2021, en Vigo, Galicia (España)
Archivo - Grupos de comensales sentados en una terraza de un establecimiento, a 23 de octubre de 2021, en Vigo, Galicia (España) - Marta Vázquez Rodríguez - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 21 julio 2022 19:01

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

   El Consello de la Xunta aprobó este jueves el calendario laboral de Galicia para el año 2023, en el cual se fijan como festivos propios el 17 de mayo, Día das Letras Galegas, y el 25 de julio, Día Nacional de Galicia. El calendario fue aprobado después del correspondiente dictamen del Consello Galego de Relacións Laborais.

   La normativa estatal fija 14 fiestas anuales de ámbito nacional no recuperables, remuneradas y de carácter obligatorio. De estos 14 festivos, dos son elegidos por cada ayuntamiento y, de los 12 restantes, nueve son de carácter obligatorio no sustituibles, salvo que coincidan en domingo: 1 de enero, viernes santo (en este caso, 7 de abril de 2023), 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

   En el año 2023 hay un festivo nacional de carácter obligatorio que coincide en domingo, el 1 de enero, que Galicia propone sustituir por el 17 de mayo, Letras Galegas.

   Los otros tres festivos de carácter nacional son opcionales, es decir, pueden ser sustituidos por las comunidades autónomas: 6 de enero, que en Galicia nunca se cambia salvo que coincida en domingo; el jueves santo, que en 2023 se celebrará el 6 de abril y que en la Comunidad gallega nunca se modifica de forma tradicional; y se les da la opción de elegir entre el 19 de marzo y el 25 de julio, que siempre se elige este último por ser el Día Nacional de Galicia, como quedó establecido en el decreto 8/1978 de 10 de julio.

   Una vez aprobados los festivos de carácter autonómico, por parte del Consello de la Xunta, se publicará en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Cada uno de los ayuntamientos, por su parte, llevarán a cabo la determinación de dos días como propios de su localidad.

   No será necesario que el decreto autonómico esté publicado, solo seá necesaria la aprobación para que los ayuntamientos elijan los festivos locales.

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