A Coruña fija normas complementarias a la ordenanza de zanjas para reducir el impacto visual de las canalizaciones

Europa Press Galicia
Actualizado: jueves, 9 febrero 2006 18:41

A CORUÑA 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de A Coruña aprobó nuevas reglas para aclarar y complementar la actual normativa urbanística y la ordenanza municipal de zanjas en lo relativo a la instalación de infraestructuras. Las nuevas reglas, establecidas por decreto de la Alcaldía, serán comunicadas a las empresas suministradoras de servicios y tienen como objetivo restringir y reducir el impacto visual de las diferentes canalizaciones en las fachadas de los edificios.

Según informó hoy el Consistorio, en una de las reglas se indica que con carácter general todas las obras que se realicen en el ámbito del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de Pescadería (PEPRI) y la Ciudad Vieja se ajustarán a la necesidad de que la totalidad de las canalizaciones sea subterránea, autorizándose el recorrido aéreo solamente en el caso de acceso al interior del inmueble.

Asimismo, también se señala que la obligación de canalización subterránea establecida para el suelo urbano se extenderá, cuando existan razones para ello, al suelo rústico y al urbanizable. En todo caso, queda prohibida la distribución de los servicios en los edificios a través de su fachada, y el acceso a las instalaciones de gas, electricidad, teléfonos y televisión se realizará por los patios interiores de los inmuebles.

Únicamente se permitirá el acceso del servicio por la fachada hasta el tejado, para luego distribuirse por los patios interiores o elementos comunes del edificio cuando no sea posible otra solución técnica y siempre con carácter provisional.

La nueva reglamentación recuerda que la ejecución de obras en las vías públicas por causa de las instalaciones para conducciones de servicios públicos de suministros debe contar con la correspondiente licencia municipal. Ésta se referirá tanto a la subterránea como a la parte aérea de acceso a los inmuebles y deberán especificarse en el proyecto las soluciones estéticas para el recorrido de superficie.

No obstante, esto no excluirá la necesidad de obtener permisos o autorizaciones de los propietarios, cuando las instalaciones se realicen sobre bienes que no sean de titularidad municipal. Las empresas serán responsables por el incumplimiento de la normativa general o condiciones particulares de las licencias.

Asimismo, las obras no podrán iniciarse sin que se haya efectuado su replanteo en presencia del técnico municipal y el Ayuntamiento determinar la modificación en el trazado. Finalizadas las obras, técnicos municipales comprobarán que los pavimentos se han dejado en las condiciones oportunas.

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