Las dos hermanas que dicen ser nietas de un millonario fallecido en Argentina recurren ante el Constitucional

Actualizado: miércoles, 6 junio 2012 20:10

La defensa alega que no se aceptaron "diversas pruebas" que "hubieran podido ser determinantes" en el caso


PONTEVEDRA, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

Las dos mujeres pontevedresas que aseguran ser nietas de un vecino del municipio pontevedrés de Meis, al que atribuyen un "cuantioso patrimonio" y que falleció en Argentina sin dejar descendencia oficialmente, han presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) contra un auto del Tribunal Supremo (TS) que no admitía a trámite el recurso que habían presentado contra la sentencia judicial que les impedía reclamar ser reconocidas como nietas de este emigrante.

El abogado Fernando Osuna ha presentado este martes este recurso ante el Constitucional en nombre de dos de las tres hijas, una de ellas vecina de Cambados (Pontevedra) y otra de Denia (Alicante), que consideran que su padre, Nemesio Domínguez, fallecido en 1971, era un hijo no reconocido que José Benito Torres Bouzas tuvo antes de emigrar a Argentina, donde falleció en 1954.

Tanto el Juzgado de Cambados como la Audiencia Provincial de Pontevedra denegaron la prueba que solicitaron para comparar el ADN del que consideran el único miembro vivo de la "familia formal" de Torres Bouzas, con la de su padre, por considerar que era a éste a quien correspondía pedir que se le reconociera como nieto de este emigrante al que se le atribuye un "cuantioso patrimonio" compuesto por "más de 62 fincas en la provincia de Pontevedra", ha apuntado Osuna en comunicado.

Después de que, por entender que el asunto "no tiene interés casacional", el Tribunal Supremo no admitiese a trámite el recurso presentado contra la sentencia judicial que les impide ser reconocidas como nietas de Torres Bouzas, las demandantes han recurrido ahora al Tribunal Constitucional, basándose en "el derecho que tiene toda persona a la tutela judicial efectiva" y en el "derecho a utilizar todos los medios de prueba".

El letrado considera que en este proceso judicial no han sido admitidas "diversas pruebas, que debieron ser admitidas" y que "hubieran podido ser determinantes" para probar esta condición de nietas, lo cual a su juicio produce "indefensión" en sus representadas, así como una "vulneración de derechos fundamentales".

"SITUACIÓN DE DESIGUALDAD"

Para Osuna, la sentencia de la Audiencia Provincial "discrimina" a estas tres hermanas frente a otras personas "a la hora de poder investigar su filiación", ya que "no permite investigar quien fue su abuelo" a pesar de que la Constitución Española "permite que se sepan los apellidos de cualquier persona".

El abogado ha subrayado que el Código Civil "no establece que ocurre cuando la paternidad y sus pruebas" han sido descubiertas por los herederos "con posterioridad al fallecimiento del hijo", y por ello defiende que "ante la falta de previsión legal, los nietos tienen derecho a reclamar el reconocimiento de sus vínculos familiares y el uso de los apellidos", ya que de lo contrario se estaría produciendo, a su juicio, "una vulneración de los derechos constitucionales".

Sin embargo, ha lamentado que las sentencias dictadas por el Juzgado de Cambados y la Audiencia Provincial "rechazan" estos argumentos y "mantienen que no se contempla en el ordenamiento jurídico" esa posibilidad de que los nietos puedan reclamar los apellidos a no ser que exista "posesión de estado" o que la solicitud se realice en el plazo de un año desde que se inició el juicio de reclamación de filiación una vez fallecido el hijo.

REALIDAD SOCIAL

A juicio de este abogado, la sentencia recurrida "choca con la realidad social" de la época "que le tocó vivir" a Torres Bouzas y a Nemesio Domínguez, en la que "era muy difícil, sino imposible" reconocer a un hijo fuera del matrimonio, "en un núcleo de población reducido, donde todo el mundo se conocía" y en el que existían "intereses enfrentados".

"La única solución era ocultar la paternidad, al menos de cara al exterior, aunque en la intimidad se acercase a su pareja y a su hijo", ha añadido Osuna, quien considera que el padre de las demandantes no dispuso de unas "condiciones fáciles, ni siquiera mínimas" para demandar dicha filiación, puesto que las "relaciones extramatrimoniales" estaban por aquel entonces "muy censuradas por el entorno social y las instituciones".

Por ello, Osuna considera "injusto" y "contrario al "pensamiento actual" que, por el hecho de que su padre "no reclamase su filiación en tiempos adversos", sus hijas "se vean condenadas de por vida a no tener los apellidos de su abuelo", cuando estos supuestos lazos familiares son un "hecho notorio y público, conocido por la inmensa mayoría de los vecinos de la localidad" de Meis.

Como ya había explicado previamente este abogado, este proceso judicial solo busca el reconocimiento de la condición legal de nietas para las tres hijas de Nemesio Domínguez. En caso de lograrlo, sus representadas tienen previsto presentar una segunda demanda, con el objetivo de reclamar el patrimonio del que consideran su abuelo, quien, según Osuna, "cedió temporalmente" sus propiedades a un ahijado suyo "mientras éste viviera". Pero este hombre ya ha fallecido también y es su familia la que "actualmente está gestionando esos bienes, pero sin derechos, porque no tienen la condición de herederos".

Asimismo, este abogado también ha informado que sus defendidas "estarían dispuestas" a "seguir su lucha" ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.