Ley Antitabaco.- Sanidade prohíbe la venta de cigarrillos en todos los locales de menos de 100 metros cuadrados

Actualizado: miércoles, 9 agosto 2006 19:14

Recuerda que tendrán que adaptarse a la ley estatal el antes del 1 de septiembre, ya que el decreto autonómico "no modifica los plazos"

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 9 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Consellería de Sanidade e Saúde Pública prohibió la venta de tabaco en todos los locales de menos de 100 metros cuadrados, tanto en los que se permite fumar, como los que no están habilitados para el consumo de tabaco; según recoge el proyecto de decreto presentado hoy por el departamento sanitario y que desarrollará la Ley Antitabaco.

El director xeral de Saúde Pública, Ramón Medina, apuntó, en rueda de prensa, que este proyecto "ampliará los derechos" de los no fumadores y que, en ningún caso, "flexibilizará" la ley estatal; y tiene como principal objetivo el descenso del consumo y venta del tabaco, así como el aumento de los espacios sin humo.

Además, esta iniciativa recoge una separación física, de manera que los espacios habilitados para fumadores estén "perfectamente" aislados de la zona sin humos; así como el establecimiento de unos requisitos mínimos de ventilación en los locales de menos de 100 metros cuadrados que permiten fumar.

En este sentido, puntualizó que una "separación física y completamente compartimentada" en los establecimientos será aquella que cuente con una barrera física sólida de carácter permanente, que comprenda desde el suelo hasta el techo, para garantizar que el humo no traspasa de un lado al otro del establecimiento.

Asimismo, Medina aclaró que en los locales con zonas habilitadas para fumadores deberán contar con una ventilación independiente de una a otro compartimento, así como tendrán que asegurar "la no recirculación del aire entre ambas divisiones".

HOTELES Y SIMILARES

Por su parte, los hoteles, hostales y establecimientos similares podrán reservar hasta un máximo del 30 por ciento de las habitaciones para fumadores, con carácter permanente, lo que significa que no podrán alternar esta característica.

El director xeral de Saúde Pública señaló que en lo que respecta a los locales emplazados en el interior de centros comerciales, grandes superficies y galerías, se prohíbe fumar. No obstante, se podrán habilitar zonas para fumar, que estén completamente separados del resto de las dependencias en los que exista una superficie de más de 100 metros cuadrados.

Asimismo, en las salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público, los espacios habilitados para fumadores deberán permanecer cerrados e inaccesibles a los menores de edad durante el horario en el que se les permita la entrada.

CENTROS SOCIALES Y TRANSPORTES

En los centros de atención social exclusivos de menores de 18 años, se prohíbe el consumo de tabaco. Sin embargo, en aquellos que sean de atención mixta se podrán habilitar zonas para fumar de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Antitabaco, pero en ningún caso podrán acceder los jóvenes de menos de 18 años.

Por otro lado, Medina subrayó que en los aeropuertos, estaciones de autobuses, transporte marítimo y ferroviario, se podrán establecer espacios de fumadores en aquellas en las que no se puede acceder al exterior, tales como las zonas de embarque. Por el contrario, en los lugares en los que se pueda salir, sólo se podrán crear zonas de fumadores en los establecimientos de hostelería.

Respecto a la señalización, los carteles deberán tener carácter "fijo y permanente", y tendrán que estar colocados en el interior y exterior de los establecimientos. Además, la información se podrá leer en gallego y en castellano.

Así, serán sancionados con carácter leve aquellos locales que no dispongan de la señalización debida en un lugar visible, mientras que constituirán "infracciones graves la entrada de menores de 16 años en las zonas para fumar, no cumplir los requisitos de separación física, y no contar con los sistemas de ventilación adecuados", entre otros.

MEDIDAS PREVENTIVAS

La Consellería de Sanidade promoverá medidas de prevención y habilitará los mecanismos "adecuados" para prestar atención a los fumadores que deseen abandonar su adicción. De este modo, destinará el 80 por ciento del importe total de las recaudaciones obtenidas por la aplicación de sanciones a programas de investigación, educación y control del tabaquismo.

Según indicó Medina, el proyecto de decreto tardará entre cuatro y cinco meses antes de su definitiva entrada en vigor, ya que "deberá cumplir" con los distintos plazos legales. A partir de esta fecha, los establecimientos tendrán un plazo de ocho meses para adaptarse a las directrices desarrolladas por Sanidade.

No obstante, recordó que la separación física de los locales de más de 100 metros cuadrados deberá estar lista el próximo 1 de septiembre, puesto que el futuro decreto "no varía" los plazos establecidos por la ley estatal.