La Xunta aprueba la nueva regulación de las Fiestas de Interés Turístico de Galicia

Actualizado: jueves, 8 enero 2015 18:41

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 8 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consello de la Xunta ha aprobado este jueves el nuevo decreto que regula la declaración de Fiestas de Interés Turístico de Galicia y que, entre otras cuestiones, eleva de 10 a 20 años la antigüedad mínima para poder optar a esta distinción.

El nuevo decreto recoge el espíritu de la norma anterior, vinculando las Fiestas de Interés Turístico a las manifestaciones populares como instrumento de promoción turística y aporta una reglamentación más exigente, incrementando la antigüedad mínima para acreditar el enraizamiento de la fiesta, así como nuevos requisitos.

Para ello, el decreto se estructura en 21 artículos, organizados en cuatro capítulos, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones últimas. A mayores, se completa con un anexo relativo al procedimiento para la solicitud de declaración de Fiesta de Interés Turístico.

Las fiestas con esta distinción en la actualidad la mantendrán siempre y cuando cumplan con los requisitos del nuevo decreto, excepto la antigüedad, que no se exigirá. El texto establece un plazo de tres meses desde su entrada en vigor para que se acrediten estos requisitos.

NOVEDADES

El nuevo decreto incorpora como requisitos de obligado cumplimiento la realización por parte de las entidades organizadoras de acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas y la continuidad en el tiempo.

No en vano, entre la celebración de una fiesta y otra no podrán transcurrir más de cuatro años, salvo que sea una fiesta con una cadencia fija que supere este plazo.

En el apartado de antigüedad, además de elevar de 10 a 20 años el periodo mínimo para poder optar a esta distinción, la posibilidad de dispensa también se restringe, toda vez que se exige una antigüedad mínima de 15 años, limitando la discrecionalidad del órgano competente.

Igualmente, incorpora criterios de valoración no excluyentes, pero que se tendrán en cuenta a la hora de conceder la distinción. Entre dichos criterios se incluye "la estética" de la fiesta, valorándose la puesta en escena, la ambientación, la recreación y las instalaciones de la celebración, así como la imagen uniforme de los equipamientos del evento.

Otros criterios de valoración serán la facilidad de acceso, aquellas manifestaciones o acontecimientos que hagan revivir costumbres y tradiciones populares, así como el adecuado cuidado de los entornos urbanos, monumentales o paisajísticos donde se desarrolle.

ESCUDOS Y BANDERAS

Por otra parte, el Consello de la Xunta ha dado este jueves el visto bueno a los derechos por los que se establece la conformación oficial de las banderas y escudos del ayuntamiento coruñés de Malpica y el municipio pontevedrés de Mos.

El escudo y bandera de Malpica de Bergantiños consta de un paño amarillo y, en el centro, una franja azul de dos tercios, con la disposición de dos espigas en aspa acompañadas de un ancla, una cabeza de lobo, un 'pucheiro' y una torre.

Por su parte, el escudo de Mos es partido, con una zona dorada con una rosa de gules en rojo y otra zona en plata, con tres franjas de gules y oro, en cuatro órdenes, cargadas de un ceñidor de sable.

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