PALMA DE MALLORCA, 16 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Consell de Govern ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de mecenazgo deportivo, el cual establece medidas tributarias como una deducción de la cuota autonómica del IRPF del 15%, establece un tipo del 1% al impuesto de transmisiones patrimoniales, se elevan distintas reducciones en el impuesto de donaciones y sucesiones.
Según han explicado en rueda de prensa la portavoz del Ejecutivo autonómico, Núria Riera, y el conseller de Deportes y Turismo, Jaime Martínez, el objetivo de esta nueva norma "es contribuir al fomento y al desarrollo del deporte y de las entidades deportivas de Baleares".
Así, han señalado esta ley pone en marcha varias medidas para instaurar "un nuevo marco que favorezca la colaboración público-privada" en el ámbito del mecenazgo deportivo, que se podrá desarrollar "mediante donaciones, préstamos de uso o comodato y convenios de colaboración".
Martínez ha precisado que las medidas de esta normativa, que "será efectiva ya en 2015", se podrán aplicar a proyectos o actividades incluidos en las federaciones deportivas, las que se cataloguen como interés social, o las que velen por la difusión, conservación y promoción del patrimonio deportivo.
Respecto a los incentivos fiscales, la deducción de la cuota autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) sea de un 15% sobre el valor de las donaciones, cesiones de uso, contratos de comodato o cantidades satisfechas por convenios de colaboración, con un límite de deducción aplicable de 600 euros por ejercicio.
Para el impuesto de transmisiones patrimoniales, se establece un tipo del 1% aplicable a aquellas cuyos bienes inmuebles sean imprescindibles para la práctica del deporte cuando éstos sean incorporados a una empresa, actividad o proyecto de carácter deportivo.
De esta manera, la persona que adquiere el bien deberá mantener en su patrimonio dicha actividad o proyecto deportivo durante por lo menos cinco años desde su adquisición.
IMPUESTO DE DONACIONES Y SUCESIONES
Para el impuesto de donaciones y sucesiones, el anteproyecto se eleva la reducción en la transmisión de una empresa, que aumenta del actual 95% fijado para todo tipo de empresa al 99% cuando se trate de bienes y derechos afectos a una empresa deportiva.
Además, la reducción por la adquisición de participaciones sociales en entidades deportivas asciende al 99% y también se regula una reducción del 70% en la base imponible del impuesto del valor de los bienes de la herencia que se destinen a la creación de una empresa deportiva con un límite de base de 400.000 euros.
En las donaciones dinerarias de padres a hijos o a otros descendientes o entre colaterales hasta el tercer grado que se destinen a la creación de una empresa deportiva se aplicará una reducción del 70%, con un límite de base de 300.000 euros.