La ley de capitalidad de Palma permite movilizar vivienda para el alquiler y la aportación variará por IPC o población

Archivo - Dos personas observan los anuncios de viviendas en una inmobiliaria en Palma.
Archivo - Dos personas observan los anuncios de viviendas en una inmobiliaria en Palma. - Tomàs Moyà - Europa Press - Archivo
Europa Press Islas Baleares
Actualizado: miércoles, 28 octubre 2026 17:42

PALMA 28 Oct. (EUROPA PRESS) -

La modificación de la Ley de Capitalidad de Palma, aprobada este martes en el Parlament, incorpora diferentes medidas, en las que se incluye la posibilidad de crear programas para poner viviendas privadas en alquiler asequible o que la financiación que recibe el Ayuntamiento de Palma se modifique en función del IPC o la población.

El objetivo de estas propuestas es mejorar la organización del Consistorio, reforzar su capacidad de gestión y dotarlo de nuevas herramientas para la prestación de los servicios públicos en el marco de su condición de capital económica y social.

En un comunicado, el Ayuntamiento de Palma ha aseverado que la modificación, impulsada a partir de la propuesta aprobada por el Pleno en noviembre de 2025, introduce novedades en materia de financiación, organización municipal, vivienda, urbanismo, servicios sociales, seguridad ciudadana y participación vecinal.

Uno de los principales cambios es el incremento de la aportación mínima anual prevista para Palma en concepto de capitalidad, que se duplica hasta alcanzar los 60 millones de euros.

La nueva regulación establece, además, mecanismos de actualización anual de esta cantidad, al tener en cuenta la evolución de los precios y de la población del municipio. Asimismo, garantiza que, si de esta actualización resultara una cuantía inferior a la del ejercicio anterior, se mantendría la más elevada.

La modificación también refuerza las obligaciones de financiación de las administraciones responsables de servicios que presta el Ayuntamiento y que corresponden a otras instituciones o requieren una actuación conjunta, con el objetivo de "evitar que Palma asuma en solitario costes que no son de su competencia exclusiva".

PODRÁ HABER VICEALCALDES Y CADA DISTRITO TENDRÁ UNA GERENCIA

La reforma incorpora también nuevas herramientas para adaptar la estructura del Ayuntamiento a las necesidades actuales de Palma. Entre ellas, se contempla la posibilidad de introducir la figura de los vicealcaldes, existente en otras grandes ciudades españolas, así como la creación de una Gerencia del Ayuntamiento, destinada a mejorar la coordinación entre las diferentes áreas municipales, supervisar la actividad de los organismos públicos y realizar un seguimiento de los proyectos estratégicos de la ciudad.

La modificación también refuerza la capacidad de gestión de los distritos mediante la creación de una Gerencia en cada uno de ellos, dotada de personal técnico y competencias ejecutivas delegadas en materias como vía pública, mantenimiento, movilidad local y participación ciudadana. Asimismo, los distritos dispondrán de una partida presupuestaria anual de gestión directa, distribuida con criterios de proporcionalidad.

La nueva regulación contempla igualmente la constitución de Consejos de Distrito como órgano deliberativo y de participación, integrados por representantes políticos y entidades vecinales y sectoriales.

Estos Consejos deberán emitir informes preceptivos previos sobre la aprobación inicial del presupuesto municipal en cuanto a inversiones a ejecutar en el distrito correspondiente, modificaciones de planeamiento urbanísticas sustanciales y planes territoriales de movilidad sostenible que afecten a su territorio.

OFICINA MUNICIPAL DE ASESORÍA PARA INQUILINOS

La vivienda y el urbanismo constituyen otro de los principales ámbitos de actuación de la nueva ley de capitalidad, promover nuevas herramientas organizativas.

Entre las novedades destaca la creación de la Gerencia de Urbanismo como organismo autónomo local, al dotarla de personalidad jurídica pública diferenciada, presupuesto propio y posibilitar una contratación más ágil.

Otra de las novedades es la creación de una Empresa Municipal de Vivienda, como ya existe en otras ciudades, que se encargará de promover, construir, rehabilitar y gestionar viviendas protegidas y dotacionales, así como de gestionar el parque público municipal.

Por otro lado, la modificación de la norma permite a la Junta de Gobierno Local, previo informe técnico, proponer proyectos de infraestructuras y equipamientos de titularidad privada que tengan una especial relevancia para Palma, en base a su condición de capital, al acogerse así a la figura de Proyectos de Especial Interés Estratégico (PEIE).

Asimismo, la modificación permite al Ajuntament ejercer el derecho de tanteo y retracto sobre los terrenos calificados como sistemas generales, red viaria, dotaciones locales de espacios libres y equipamientos contemplados en el planeamiento urbanístico.

Por último, la ley incorpora también la Oficina de Defensa de las Personas Arrendatarias, concebida como un servicio municipal de información, asesoramiento jurídico y acompañamiento en cuestiones relacionadas con el alquiler de vivienda habitual y situaciones de riesgo de pérdida de la vivienda, entre otras.

APORTACIONES PARA ALOJAR A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA MACHISTA

En el ámbito social, la modificación refuerza los mecanismos de cooperación y financiación entre administraciones, mediante la previsión de convenios plurianuales y criterios que tengan en cuenta las necesidades sociales de Palma y los servicios que presta.

Entre las principales novedades destaca la incorporación del Ayuntamiento de Palma, con voz y voto, a la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales.

La nueva ley también contempla medidas específicas de apoyo a las familias, especialmente a aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Entre ellas figuran programas de conciliación de la vida familiar y laboral, servicios de orientación y mediación familiar, atención psicológica y actuaciones de protección y apoyo a la infancia y la adolescencia.

Asimismo, se incluyen medidas dirigidas a familias numerosas, monoparentales y con personas dependientes o con discapacidad, además de actuaciones para facilitar el acceso a vivienda asequible y social.

La regulación prevé también la gestión de equipamientos públicos ubicados en Palma destinados a las familias mediante fórmulas de cooperación o delegación entre administraciones.

En materia de atención a las víctimas de violencia contra las mujeres, la nueva regulación establece la obligación del Govern y/o el Consell de Mallorca de garantizar alojamientos suficientes para atenderles, ya sea aportando directamente estos alojamientos o financiando los gastos de alquiler, mantenimiento y las inversiones necesarias.

La modificación de la Ley de Capitalidad refuerza el reconocimiento institucional de las federaciones de asociaciones vecinales y prevé su participación en órganos municipales de consulta y asesoramiento. La norma reconoce también el derecho de estas federaciones a percibir una compensación económica.

En materia de seguridad ciudadana y convivencia, la reforma reconoce expresamente a la Policía Comunitaria entre las funciones de la Policía Local de Palma, al reforzar el modelo de proximidad.

La nueva regulación también contempla la utilización de nuevas tecnologías y sistemas de videovigilancia para reforzar la prevención de los espacios públicos.

Otra de las principales novedades es la incorporación de la figura de los agentes cívicos, que podrán desarrollar tareas de información y vigilancia del cumplimiento de las normas municipales en materia de civismo y convivencia.

Finalmente, la modificación establece un procedimiento para avanzar hacia la creación del área metropolitana de Palma, con el objetivo de facilitar una gestión coordinada de cuestiones compartidas con los municipios de su entorno.

La norma contempla que, a iniciativa de Palma o de los ayuntamientos de Calvià, Marratxí y Llucmajor, mediante acuerdo de sus respectivos plenos y previa audiencia al resto de municipios y al Consell de Mallorca, el Govern debe tramitar, en un plazo de dos años, un proyecto de ley para su creación.

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