Actualizado: viernes, 8 abril 2016 19:09

También contemplan el consentimiento parental para que menores de 16 años usen las redes sociales

BRUSELAS, 8 Abr. (EUROPA PRESSS) -

Los Veintiocho han aprobado este viernes los cambios que refuerzan las normas de protección de datos en la Unión Europea y que, entre otros, garantizaránn el derecho al olvido en Internet y la eliminación los datos personales y exigirán el consentimiento parental para que los menores de 16 años puedan utilizar las redes sociales como Facebook, aunque los países tendrán la posibilidad de reducir esta edad hasta los 13 años.

La adopción formal de los Veintiocho de la reforma de las normas de protección de datos este viernes se produce después del principio de acuerdo que alcanzaron sobre el paquete normativo con la Eurocámara en diciembre y allana el camino para su adopción final, todavía pendiente del visto bueno por el pleno del Parlamento Europeo, el próximo 14 de abril.

La reforma de las nuevas normas acordadas consiste en un reglamento sobre la protección de datos, que permitiría a los ciudadanos un mejor control de sus propios datos y normas uniformes y actualizadas para que las empresas puedan aprovechar al máximo las oportunidades del mercado digital europeo y, por otra parte, una directiva sobre protección de datos procesados por las autoridades policiales y judiciales.

Ésta garantizará que los datos personales de las víctimas, testigos y sospechosos de haber cometidos un crimen son protegidos de forma adecuada en el contexto de una investigación criminal y facilitará, gracias a normas más armonizadas, la cooperación transfronteriza de las autoridades policiales y judiciales de los Estados miembro para combatir el terrorismo y el crimen organizado y el intercambio de datos. Las nuevas normas también cubren por primera vez las amenazas a la seguridad pública y normas para la transferencia de datos a terceros países y organizaciones internacionales.

Las nuevas normas refuerzan el derecho a la protección de datos personales -un derecho recogido en el artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales Europeo y el artículo 16 del Tratado de la UE--y más poder a los ciudadanos para controlar sus propios datos, incluido por ejemplo para exigir la retirada sin retrasos de sus datos personales de las redes sociales que fueron recogidos o difundidos cuando eran menores de edad.

La reforma incluye normas más específicas para los responsables del procesamiento de datos personales, que contemplan entre otros el requisito de obtener el consentimiento expreso de los individuos, que tendrán asimismo más informaciones sobre lo que ocurre una vez que sus datos personales hayan sido compartidos. Y exigen el cumplimiento de ciertas condiciones y salvaguardias para poder transferir datos personales a terceros países y organizaciones internacionales, en particular cuando la Comisión decida que existe un nivel de protección de datos "adecuado" por su parte.

REMEDIO JUDICIAL Y COMPENSACIÓN

Para garantizar el derecho al remedio judicial, los individuos tendrán derecho a que la revisión de una decisión de su autoridad de protección de datos nacional por un tribunal nacional, con independencia del Estado en el que el controlador de datos esté establecido y a recibir una compensación si han sufrido daños cuando sus datos se hayan procesado sin respetar las normas de protección. Las empresas que controlan los datos podrán enfrentarse a multas de hasta 20 millones o el 4% de su volumen de negocios anual.

En el caso de los menores de 16 años, los proveedores de servicios deberán verificar que cuentan con el consentimiento parental para usar servicios online, aunque los Estados miembro tendrán discreción para rebajar esta edad hasta los 13 años.

Las normas igualmente garantizan el derecho a la portabilidad para facilitar la transmisión de los datos personales de un proveedor de servicios a otro, por ejemplo de una red social a otra, así como a objetar al procesamiento de datos personales atendiendo a un interés público o legítimo de una autoridad de control, incluido por motivos de evaluación de perfiles o 'profiling'.

También contemplan salvaguardias comunes para el procesamiento de datos personales cuando está en el interés público o por motivos científicos, de investigación histórica o estadística.

NORMAS ÚNICAS PARA LAS EMPRESAS

Con el objetivo de las empresas aprovechen el pleno potencial del mercado único digital y garantizar la competencia justa, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, se introducen normas únicas aplicables a todas las compañías, europeas y extranjeras, que ofrecen servicios en Internet en el conjunto del territorio de la Unión, algo que evitará que divergencias en las normas de protección de datos nacionales perjudiquen el intercambio de datos transfronterizo.

También introducen una 'ventanilla única' para que las compañías activas en varios Estados miembros sólo tengan que lidiar con una única autoridad de protección de datos, la del Estado miembro donde está su sede principal, a fin de reducir costes y aumentar la certidumbre jurídica. Este mecanismo también garantizará decisiones únicas aplicables a todo el territorio de la Unión en caso de disputas.

Las nuevas normas también contemplan obligaciones de protección de datos más estrictas para las compañías cuyas actividades conllevan un mayor riesgo.

De hecho, las autoridades públicas y las empresas con actividades de mayor riesgo al procesar datos deberán designar un responsable de la protección de datos para garantizar el cumplimiento de las normas de protección de datos. Las autoridades competentes también deberán llevar a cabo una evaluación de impacto cuando el procesamiento conlleva un mayor riesgo para los derechos y las libertades de los individuos, en particular al utilizar nuevas tecnologías.

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