BRUSELAS, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado este jueves que la polémica reforma impulsada por el Gobierno ultraconservador polaco para adelantar la jubilación de los jueces del Tribunal Supremo vulnera las reglas de la UE, porque viola los principios de inamovilidad del juez y de independencia judicial.
El caso se refiere a la reforma del sistema judicial impulsada por Varsovia hace un año y que, entre otras medidas, reduce la edad de jubilación de los magistrados del Alto Tribunal de 70 a 65 años, una jubilación forzosa que se aplica de manera retroactiva a los jueces.
El abogado general encargado del caso, Evgeni Tanchev, ha tenido en cuenta el impacto considerable de las medidas controvertidas en la composición del Tribunal Supremo polaco, ya que afecta a 27 de los 72 jueces que lo integran.
La decisión de avanzar la edad de jubilación de los magistrados fue llevada por la Comisión Europea ante el TUE el pasado julio y solicitó que la Justicia europea lo examinara por procedimiento urgente y que aplicara medidas cautelares para suspender su aplicación hasta que hubiera sentencia, algo que el TUE aceptó en diciembre.
Ahora, el dictamen del abogado general apunta como irregularidades la retroactividad de la medida, pero también el hecho de que se aplique específicamente a los jueces del Supremo y que para evitar la jubilación adelantada sea necesario que el juez presente una declaración pidiendo continuar sus funciones y obtenga el consentimiento del presidente de Polonia.
El dictamen señala que las exigencias de independencia judicial de los Estados miembro obligan a que los jueces puedan ejercer sus funciones con plena autonomía, sin estar sometidos a ningún vínculo jerárquico o de subordinación y sin recibir órdenes ni instrucciones, para quedar protegido de injerencias o presiones externas.
Sin embargo, en este caso, Polonia ha reconocido que la negativa a autorizar la prórroga del mandato de un juez del Tribunal Supremo más allá de la edad de jubilación por parte del presidente de la República no está sujeta a control judicial.
La opinión del abogado general no son vinculantes para el Tribunal con sede en Luxemburgo, aunque las sentencias siguen la orientación marcada por las conclusiones en la mayoría de los casos.