Destacan que la sanción a empresa por despedir a empleados con positivo por COVID "protege sus derechos fundamentales"

La delegada del Gobierno en La Rioja, María Marrodán, junto a la directora territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en La Rioja, Lucía Moreno, en comparecencia de prensa
La delegada del Gobierno en La Rioja, María Marrodán, junto a la directora territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en La Rioja, Lucía Moreno, en comparecencia de prensa - EUROPA PRESS
Publicado: viernes, 23 abril 2021 12:57

   LOGROÑO, 23 Abr. (EUROPA PRESS) -

   La delegada del Gobierno en La Rioja, María Marrodán, y la directora territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en La Rioja, Lucía Moreno, han destacado la "relevancia" de la propuesta de sanción a una empresa despedir a cuatro empleados que dieron positivo en coronavirus en una de las pruebas porque se "protege los derechos fundamentales de los trabajadores", en este caso "a la no discriminación en el trabajo y a la salud en el trabajo".

   En comparecencia de prensa, la delegada ha insistido en que la actuación "es relevante" porque "se trata de una actuación pionera en España y tiene un claro objetivo disuasorio de una serie de actividad que atentan contra derechos fundamentales de los trabajadores y que son disuasorios para las empresas que realizan estas malas praxis".

   Ha destacado que "defiende derechos fundamentales protegidos, como el derecho a la igualdad, en la no discriminación de estos trabajadores, y el derecho a la protección de la salud, en este caso en el ámbito laboral".

   Para Marrodán "es importante porque es fruto de la acción coordinada de diferentes niveles administrativos, con la Inspección de Trabajo en La Rioja, con el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y con la de Desarrollo Autonómico", todo ello para "generar un entorno que garantice la salud pública y la garantia del derecho de los trabajadores".

   Moreno, por su parte, ha confirmado que hay un acta de infracción, con una propuesta de sanción de 10.000 euros, para una empresa porque "comprobamos que la misma una vez que hizo los test PCR a los 53 trabajadores, vio que algunos -4- eran positivos, les causó la baja con efecto retroactivo de tres días".

   Ante ello, ha afirmado que "entendimos que era una actuación irregular y muy grave por parte de la empresa porque suponía una actuación discriminatoria contra unos trabajadores", así como que "los trabajadores no habían sido despedidos por estar enfermos sino por la enfermedad que sufrían, que atentaba contra el artículo 14 de la Constitución sobre la igualdad de todos", y del 15 porque "les privaba de su protección a la salud, les eliminaba de la posibilidad de acceder a las prestaciones económicas y sanitarias que se establecían en la normativa del Gobierno por COVID, al tiempo que fueron dados de baja antes de que se les considerase en condición de ITE".

   Por este motivo, "no pudieron acceder a prestaciones sanitarias, ni pudieron acceder a la prestación económica que esa situación que la ITE proporciona a través de la Seguridad Social". Además, "a los trabajadores se les privó de parte del salario que les correspondía de las cotizaciones correspondientes y los días cotizados".

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