El jurado del 'caso Cornago' afirma que el acusado cometió un asesinato con alevosía

El Acusado De Asesinar A Su Compañero De Retén 'Caso Cornago'
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 23 febrero 2012 21:43

LOGROÑO, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

El jurado del 'caso Cornago' ha dictado veredicto y ha llegado a la conclusión por unanimidad de que el acusado cometió un "asesinato" con alevosía. Y es que, J.M.V.O. "causó la muerte" de su compañero de retén "intencionadamente". Ahora el juez tiene que decidir la condena para este delito. La pena puede oscilar entre los 15 años de cárcel que ha pedido la defensa y los 20 que ha solicitado la acusación particular, en representación de la familia de la víctima.

El jurado ha concluido asimismo que, en el momento de los hechos, el acusado padecía "un trastorno antisocial de personalidad". Sin embargo, este hecho "no disminuía sus funciones o capacidades" intelectuales, ni su voluntad. De esta forma, el jurado ha rechazado el argumento de la defensa, que alegaba un trastorno de tipo obsesivo unido a un delirio persecutorio como motivo de sus actos.

Los miembros del jurado han determinado que el día de los hechos, el acusado acudió al trabajo con una bolsa en la que previamente había guardado una pistola semiautomática. Mientras el resto de sus compañeros descargaba el material, J.M.V.O. "sacó la pistola" y se dirigió a la víctima. "Sin mediar palabra y con intención de causar su muerte", el acusado efectuó 5 disparos sobre la víctima.

Además, según el escrito del jurado, J.M.V.O. disparó a la víctima "de modo súbito y por sorpresa, anulando toda posibilidad de defensa" por parte de éste.

El jurado también ha destacado que J.M.V.O. "había planificado con antelación" la muerte de su compañero de retén. Y es que, el acusado mató a la víctima el mismo día en que se había reincorporado al trabajo tras las vacaciones.

Otra de las conclusiones a las que ha llegado el jurado es que el acusado efectivamente "había tenido dificultades en las relaciones personales y laborales con sus compañeros de trabajo y especialmente con la víctima".

Por todos los hechos antes mencionados, el Ministerio Fiscal ha pedido una pena de 18 años y 6 meses de cárcel para el acusado. Por otra parte, la acusación --en representación de la familia de la víctima-- ha solicitado 20 años de prisión para J.M.V.O.

La acusación particular también ha pedido que la Comunidad Autónoma --para la que el acusado trabajaba-- sea condenada y se convierta en responsable subsidiaria de los actos de J.M.V.O. Es decir, los abogados de la familia de la víctima consideran que la Comunidad Autónoma debe pagar la correspondiente indemnización a la familia por no haber puesto los medios para evitar el suceso, a pesar de las quejas manifestadas por el acusado y sus compañeros de retén con anterioridad.

La defensa de J.M.V.O. ha solicitado que la pena sea de 15 años de cárcel por el "trastorno antisocial" del acusado. Finalmente, la defensa de la Comunidad Autónoma ha reclamado que no se atribuya "toda la culpa" a dicha institución, ya que "los compañeros de trabajo del acusado podían haber acudido al Comité de Empresa o a la Inspección de Trabajo", si consideraban que la Comunidad Autónoma no había tomado cartas en el asunto para solucionar el problema.