Archivo - La estudiante momentos antes de entregar las firmas - EUROPA PRESS - Archivo
LOGROÑO, 27 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Justicia ha estimado parcialmente el recurso planteado por una alumna de Bachillerato del IES Sagasta de Logroño cuyo acceso a clase fue denegado por llevar cubierta su cabeza con velo islámico al inicio del pasado curso escolar al considerar que la decisión del instituto "vulnera el derecho fundamental de la libertad religiosa".
Además, el fallo reconoce también una indemnización de 2.000 euros para la joven "por daños morales" frente a los 45.006 euros que, en un principio, reclamaba la estudiante.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, justifican la indemnización de 2.000 euros para compensar el daño moral que le ha podido producir la decisión del Centro al tener en cuenta las siguientes circunstancias: que se trata de una alumna de nuevo ingreso que fue informada en dos ocasiones antes de empezar el curso de que no iba a poder acceder a las clases con el yihab y que, pese a ser conocedora del nuevo criterio implantado en el Centro, asumió matricularse, renunciando implícitamente a usar durante las clases ese símbolo religioso.
Por tanto, sus expectativas, "por más que sean legítimas y que se hayan visto reconocidas en la presente sentencia, no puede considerarse que se vieran frustradas porque el criterio del centro estaba ya decidido ex ante y su reacción ante la conducta de la alumna era más que previsible", recoge el escrito.
Ante este fallo cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso.
LOS HECHOS
Los hechos se remontan al inicio de este curso escolar 2025-2026 cuando la joven, que cursa primero de Bachillerato Internacional, acudió al instituto al inicio de curso con velo islámico. Tras informarle desde el propio instituto que se le denegaba el acceso si no se descubría la cabeza, la estudiante emprendió, entre otras acciones, la recogida de más de 8.000 firmas en una semana, en la plataforma Change.org, para pedir que su instituto le permitiera asistir a clase con velo islámico.
Según explicó la joven en su momento, "esto no responde a ninguna ley autonómica ni nacional" sino que es "una norma que el IES Sagasta se ha sacado de la manga de un día para otro y que es absolutamente discriminatoria".
En la petición, que lanzó el pasado 18 de septiembre, la estudiante aseguraba que en otros institutos no sucede y "se permite a las estudiantes llevar el hiyab sin restricciones, promoviendo un entorno que fomenta la diversidad y la tolerancia".
La estudiante denunciaba también en aquel entonces que la decisión "atenta contra la Constitución española", y citaba el artículo 16, en el que se reconoce la "libertad ideológica, religiosa y de culto" como un derecho fundamental.
Como reconoció, "para mí el hiyab no es solo una prenda de vestir, es una parte integral de mi identidad y un reflejo de mis creencias y mis valores. Que me prohíban llevarlo afecta no solo a mi educación, sino también a mi dignidad y libertad personal. ¿Por qué tengo que elegir entre mi fe y mi educación si no hago daño a nadie?", se pregunta.
Por parte del IES Sagasta esgrimían que actuaban en aplicación del punto 80.4 de su Reglamento, que informa que no se permite la entrada al centro "con gorros, gorras, viseras, capuchas, boinas o similares".