Logroño prohibirá expresamente las aglomeraciones para 'botellón' y cambiará sanciones por trabajos para la comunidad

Policía Municipal interviene en un botellón con 100 jóvnes en la puerta de una residencia
Policía Municipal interviene en un botellón con 100 jóvnes en la puerta de una residencia - POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA - Archivo
Europa Press La Rioja
Publicado: miércoles, 4 noviembre 2020 12:58

   LOGROÑO, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

   La ciudad de Logroño prohibirá expresamente las aglomeraciones para beber alcohol en la calle, es decir, el 'botellón', y posibilitará el cambio de las sanciones por esta práctica por trabajos en beneficio de la comunidad.

   Así figura en la modificación puntual de la Ordenanza Municipal de Fomento de la Convivencia Ciudadana, a la que este miércoles ha dado el visto bueno la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de la capital riojana.

   La concejala de Igualdad y Convivencia Eva Tobías ha dado cuenta en rueda de prensa de algunos de los cambios introducidos en la Ordenanza que, básicamente, como ha detallado, se centran en el artículo 17, que es el que determina todo lo referente al suministro y consumo de bebidas alcohólicas.

   Tobías ha apuntado que "desde hace semanas, se empezó a trabajar en la modificación puntual de esta Ordenanza, especialmente en el artículo 17", un aspecto en el que, como ha recordado, "ahora mismo contamos con el paraguas jurídico del Gobierno de La Rioja con las medidas por la Covid-19".

   Pero, ha determinado, "desde la Consejería de Salud se nos pedía a los ayuntamientos más concreción, tener un instrumento específico en este sentido vía Ordenanza para cuando este paraguas jurídico ya no exista".

   Así, en el Consistorio logroñés se comenzó "una primera fase, contando con actores clave", como las asociaciones vecinales o el Consejo de la Juventud. Tras el trámite de 10 días para consultas en la web municipal se recibieron las sugerencias ciudadanas "una de las cuales se ha incluido", y se han emitido los perceptivos informes de la asesoría jurídica y la unidad municipal correspondiente.

   De este modo, ha señalado Tobías, se ha llegado a la aprobación de hoy en la Junta de Gobierno Local, si bien ha especificado que "el proceso no termina aquí", porque ahora se abrirá la fase de enmiendas de los Grupos municipales, un nuevo periodo de exposición pública y su aprobación definitiva antes de ir a pleno, "seguramente en febrero de 2021".

   Como ha incidido la concejala, las modificaciones en concreto afectan al Artículo 17, referente al suministro y consumo de bebidas alcohólicas, en el que, a las prohibiciones ya impuestas, se suma la incorporación de prohibir las aglomeraciones de personas consumiendo en lugares públicos.

   Algo que, hasta ahora, contaba con un condicionante, el que se sucediera alguna alteración del orden público, lo que podía llegar a limitar en ocasiones la posibilidad de actuar por parte de la Policía Local.

   Precisamente, ha sido el propio cuerpo policial el que ha sugerido esta modificación "con la que se tiene fundamento jurídico para actuar ante prácticas que pongan en riesgo la salud individual o la salud grupal".

   "El objetivo último -ha aclarado la edil- es evitar la práctica del 'botellón'". De este modo, se contempla, en el Artículo 29, referente a infracciones leves, se contempla la perturbación de la convivencia, el descanso, los servicios y los espacios públicos, consumo de alcohol en la vía o en espacios públicos, etc.

   A este cambio se suma, la introducción, en el Artículo 33, "la responsabilidad directa o subsidiaria de padres, madres, personas tutoras o con guarda legal por infracciones cometidas por menores de edad" por estas prácticas.

   Y, en lo relacionado con el régimen sancionador, en el Artículo 34, se indica que "se guiará por la aplicación del principio de proporcionalidad y, en todo caso, se tendrán en cuenta los criterios de graduación como, por ejemplo, la existencia de intencionalidad o la reincidencia".

   Especialmente en este aspecto ha señalado Eva Tobías que se incluye "la relevancia o la trascendencia social" como elemento para esa graduación de las sanciones, contando con que los hechos se produzcan "en presencia de menores" o "en zonas de juego infantil o en espacios de práctica deportiva".

   Y, por último, se han introducido modificaciones en los Artículos 37 y 38, referentes a las medidas de reinserción social. Así, por ejemplo, "la persona sancionada podrá solicitar ante el Ayuntamiento de Logroño la sustitución de la sanción impuesta por medidas de reinserción social".

   Unas medidas que podrán consistir "en tareas o labores para la comunidad, de naturaleza y alcance adecuados y proporcionados a la gravedad de la infracción, acciones de voluntariado".

   Igualmente, se podrán sustituir por "la participación en cursos que pudieran impartirse como, por ejemplo, sobre la prevención del consumo de alcohol y conocimiento de sus efectos sobre la salud".

   En todo caso, "la sustitución de la sanción impuesta por una medida de reinserción social no excluiría la obligación de la persona infractora de reparar el daño ocasionado". Como ha apuntado Tobías, las sanciones graves se sancionarán con entre 201 y 400 euros, y las muy graves, con entre 401 y 600 euros.

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