La Asamblea rechaza hacer un referéndum vinculante sobre la naturalidad jurídica del Canal de Isabel II como pedía IU

CANAL ISABEL SEGUNDA CANAL ISABEL II
E.P.
Actualizado: miércoles, 20 junio 2012 19:10

MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

La comisión de Vicepresidencia, Cultura y Deportes de la Asamblea de Madrid ha rechazado este miércoles, con los en contra votos de PP y UPyD, la petición del Grupo Parlamentario de IU de celebrar un referéndum vinculante sobre la naturalidad jurídica del Canal de Isabel II.

El portavoz de Economía de IU en la Asamblea de Madrid, Antero Ruiz, ha defendido esta Proposición No de Ley (PNL) en la que IU pide la celebración de un referéndum vinculante sobre la naturalidad jurídica del Canal de Isabel II "que clarifique definitivamente una cuestión de importancia vital para la población madrileña y sus derechos esenciales".

Según ha informado IU en un comunicado, Ruiz ha señalado que los ciudadanos de Madrid cuentan desde hace siglo y medio con el Canal de Isabel II, que "satisface el derecho esencial y universal al abastecimiento de agua potable y también al saneamiento, un derecho reconocido en la Ley de Aguas de 1985 o en la de Modernización de Administraciones Locales".

En este sentido, el diputado ha afirmado que en los últimos tiempos existe "en amplios sectores de la ciudadanía madrileña una considerable inquietud respecto al futuro del Canal, ya que se temen cambios en su gestión que, de producirse, pueden amenazar gravemente la prestación del servicio tal y como se ha efectuado durante un largo ciclo histórico".

Además, Ruiz ha criticado "el escandaloso chantaje que está ejerciendo el Gobierno del PP sobre los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para obligarles a firmar el convenio con la amenaza de hacerles pagar tanto las obras realizadas hasta la fecha por el Canal de Isabel II en su territorio como el futuro mantenimiento de la red".

Por este motivo, el Grupo de Izquierda Unida considera que los ciudadanos han de expresar su opinión respecto a la naturaleza jurídica y las formas de gestión del Canal de Isabel II y que "debe hacerse a través de la celebración de un referéndum vinculante, una opción recogida en el artículo 161 de la Constitución Española y en el 8 de la Ley Orgánica de 1980".

"Los ciudadanos de la Comunidad de Madrid deben asegurar su derecho al servicio público de abastecimiento de agua potable saneamiento mediante un referéndum vinculante respecto a la forma de gestión del Canal de Isabel II", ha concluido.