PP de Madrid nombra una gestora en Hoyo de Manzanares por los problemas generados tras una moción de censura

Actualizado: miércoles, 22 abril 2009 16:32

MADRID, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

El PP de Madrid ha nombrado una gestora en Hoyo de Manzanares que intentará mantener la situación de normalidad en el municipio después un tribunal madrileño haya anulado el resultado de la moción de censura que PSOE e IU presentaron en enero de 2008 contra el alcalde José Antonio Antolínez (PP) que no salió adelante por el error de la edil María del Carmen Martínez Torralba (PPIH) que en el momento de las votaciones dijo "no", cuando quería decir "sí".

El 28 de enero de 2008, el Pleno del Ayuntamiento de Hoyo debatió la moción de censura presentada contra Antolínez (PP) en la que Martínez Torralba votó "no" cuando su intención era apoyar a PSOE e IU. Su posterior rectificación no fue tenida en cuenta por el secretario municipal a la hora de contabilizar los sufragios emitidos en la sesión plenaria, por lo que la moción de censura fue rechazada al contabilizarse cinco votos en contra (dos del PP, otros dos de la Agrupación Independiente y uno de la citada edil) y seis a favor (dos PIPH, dos PSOE, y dos IU).

Para que la moción hubiera sido válida, se habría necesitado la mayoría absoluta que suman los siete votos de los concejales de la oposición, pues la Corporación municipal está formada por 13 ediles, aunque a la sesión plenaria acudieron 11.

La situación vivida en aquel pleno municipal fue llevada a los tribunales por los promotores de la moción. Así, en febrero de este año, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid anuló su resultado.

El juez dio la razón a los recurrentes al entender que "se han vulnerado los derechos fundamentales reconocidos en el artículos 23 de la Constitución" por el cómputo del voto de Martínez Torralba como negativo y por la proclamación del resultado de dicha votación.

La sentencia explicaba que la votación de la moción se llevó a cabo de forma nominal, es decir, mediante llamamiento por orden alfabético de apellidos y siempre en el último lugar el presidente, en la que cada miembro de la Corporación, al ser llamado, responde en voz alta 'sí, no o me abstengo'.

La sala indicó que del visionado de las grabaciones de la votación realizada por Martínez Torralba "es claro que el sentido de la misma fue votar 'sí' a la moción de censura, pese a que en un primer momento declamó 'no' a la hora de votar, debido única y exclusivamente a un 'lapsus linguae'".

También argumentaba que la rectificación del voto se produjo inmediatamente y, prueba de ello, es que corrigió su error antes de que el siguiente concejal pudiera votar. El juez también indicó que Martínez Torralba "fue una de las firmantes de la moción de censura", además de compañera de partido del concejal que era candidato a alcalde. "La lógica hace pensar que el voto de la concejal sería favorable a la moción de censura", agregó.

Por último, la resolución destacaba que antes de producirse la votación hubo un debate de la moción de censura en el que Martínez Torralba "no intervino en ningún momento, siendo lo correcto pensar que una concejal firmante de la moción de censura hubiera decidido votar en contra de la mismas en el debate previo a la votación habría explicado su cambio de criterio". Por todo ello considera que "el voto de la concejal debió computarse a favor de la moción de censura".