Promotores de desarrollos del sureste recurren el plan director del Ayuntamiento y piden su suspensión cautelar

Imagen de los desarrollos del sureste
CEDIDA - Archivo
Actualizado: lunes, 16 abril 2018 12:23

MADRID, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los promotores de los desarrollos del sureste de Madrid (Valdecarros, Berrocales y Los Cerros) han presentado un recurso contencioso administrativo contra el plan director para este ámbito urbanístico que aprobó la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid en enero de este año y solicitan medidas cautelares para que se suspenda este acuerdo.

Dicho plan director impulsado por el Ayuntamiento de Madrid para los desarrollos del Sureste reduce a la mitad, de 105.000 inicialmente previstas a 53.000, las viviendas contempladas en estos desarrollos. Los promotores plantean, según las alegaciones al recurso a las que ha tenido acceso Europa Press, que la intención desde el inicio de la legislatura del actual equipo de Gobierno municipal ha sido "paralizar y subvertir la ordenación de los desarrollos".

Al respecto, exponen que en la introducción al plan director se hace mención a la necesidad de dar cumplimiento al "pacto contra la especulación y por el derecho de la ciudad" suscrito por determinadas organizaciones políticas y sociales en la campaña electoral, así como en el acuerdo de investidura firmado con el PSOE.

Además, los recurrentes exponen que la naturaleza de este documento es "incierta, no estando prevista en la vigente Ley del Suelo de la Comunidad, pero de él se derivan su carácter vinculante y efectos jurídicos concretos, con paralización de tramitaciones en curso y modificaciones radicales de las ordenaciones".

"Al no estar prevista la figura del Plan Director en la Ley del Suelo, podría considerarse bien como una directiva vinculante o bien como un instrumento de planeamiento urbanístico, siendo ambas figuras susceptibles de ser recurridas y suspendidas de forma cautelar", argumentan fuentes de los propietarios.

Por tanto, entienden que de "no ser suspendida cautelarmente la aprobación del Plan Director podría perderse la finalidad legítima del recurso, pues podría producirse la consolidación de las nuevas ordenaciones contempladas en el plan director".

A su vez, consideran que "frente a un interés electoral o político deben prevalecer el interés general, el interés de los propietarios y el interés de las administraciones públicas titulares importantes de suelo en los ámbitos afectados".

También inciden en que existe una sentencia del Tribunal Supremo que recoge la "legalidad del planeamiento vigente" y que pese a ello el Ayuntamiento convocó como "una suerte de audiencia pública las denominadas Mesas Sociales" y que fruto de esas sesiones se "justifica" la aprobación del plan director que contiene "modificaciones concretas, detalladas, y sustanciales de los desarrollos en ejecución, desplegando efectos jurídicos al impedir continuar con las tramitaciones en curso por ser incompatibles con las determinaciones vigentes".

A su vez, exponen que la aprobación deviene de un "órgano incompetente hurtando la participación del Pleno y la CAM, y sin someterse a la información pública" y que se elevó a Junta de Gobierno por parte del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, "sin aprobación alguna de la Intervención General del Ayuntamiento, cuando del mismo, como se reconoce en el plan director, se "derivan claras consecuencias indemnizatorias".

Asimismo, el recurso también pivota sobre lo afirmado en el Informe-Propuesta del documento, que en cuanto a su tramitación "no requiere de la emisión de informe preceptivo y previo a su aprobación". "Por tanto ha sido dictado prescindiendo del procedimiento legalmente establecido", zanjan los recurrentes.

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