Suspendido el juicio de Xabi Alonso hasta que se resuelvan las dudas sobre la competencia de la Audiencia de Madrid

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Vista oral a los futbolistas Xabi Alonso y Cristiano, juzgados por delitos fisca - Marta Fernández Jara - Europa Press
Actualizado: lunes, 31 mayo 2021 12:06

MADRID, 22 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha suspendido el juicio que tenía previsto celebrar contra el exfutbolista Xabi Alonso hasta que se resuelvan las dudas sobre la competencia en relación a la aplicación de la reforma del Código Penal en uno de los tres delitos fiscales de los que se le acusa.

El entrenador de fútbol se ha sentado durante unos minutos en el banquillo de los acusados de la Sección 30 de la Audiencia madrileña. Al inicio de la vista, su abogado ha planteado en la fase de cuestiones previas dudas sobre la competencia, determinando la presidenta de la Sección la suspensión hasta que se resuelva el asunto.

La Fiscalía de Madrid solicita cinco años de prisión por la comisión de tres delitos contra la Hacienda Pública durante los ejercicios fiscales de 2010, 2011 y 2012. Si se aplicara la última reforma, uno de los delitos fiscales que está agravado sería penado con menos años y la solicitud fiscal de condena sería inferior a los 5 años. Entonces, ya sería competencia de un Juzgado de lo Penal de Madrid.

El representante del Ministerio Público reclama la misma pena para el asesor fiscal Ivan Zaldúa Azcuenaga y para el administrador de la sociedad Kardazli Comercio Serviciosos de Consultoría e Investimentos LDA. I. M. C.

A cada uno de ellos, además, les exige el pago de una multa de 4 millones de euros y en concepto de responsabilidad civil les pide el abono de forma conjunta y solidaria de 2.032.845 euros a la Agencia Tributaria, esto es, la cantidad total del perjuicio económico que provocó a la Administración Tributaria, más los intereses generados.

"APARENTE" CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN

El escrito de la Fiscalía señala que a mediados de 2009 los tres acusados se pusieron de acuerdo para articular una "aparente" cesión de la explotación de los derechos de imagen del ex futbolista "con la intención de que el mismo obtuviera un beneficio fiscal ilícito".

Así, el 9 de agosto de ese mismo año Alonso, asesorado de forma "efectiva" por Zaldúa, suscribió un contrato por el que simulaba la cesión de la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kardzali ubicada en Madeira y cuyo administrador era I. M. C.

Dicha mercantil, en la que I. M. C. ocupaba también desde el 16 de abril el cargo de gerente, pertenecía a una sociedad residente en Panamá de la que Alonso era el titular del cien por cien de las participaciones sociales desde el 16 de diciembre de 2009.

Para la Fiscalía la "aparente" cesión de los derechos de imagen se realizó cuando el ex futbolista gozaba de su condición de "no residente" en España, "si bien mantuvo dicha estructura formal" durante los años siguientes y, "al menos hasta 2012", teniendo durante ese tiempo la condición de residente fiscal español.

Entre 2009 y 2012 Alonso, según la Fiscalía, explotó su imagen a distintas empresas que le contrataban con la ayuda de los otros dos acusados sin hacer "uso real" de la sociedad que se encontraba en Madeira "convirtiendo dicha entidad en un mero instrumento formal de ingresos y pagos que no desarrolló función alguna en la explotación de la imagen del acusado".

De este modo Kardazli Comercio Servios de Consultoría e Investimentos LDA. percibió entre los ejercicios 2010-2012 un rendimiento de actividades económicas "aparentemente" derivado de la explotación de los derechos de imagen de Alonso de 2.083.400 euros que debieron integrarse en la base imponible del IRPF de los ejercicios correspondientes. Ello supuso un perjuicio a la Administración Tributaria de 2.032.845 euros.