TSJM desestima recurso de la FAPA contra la Orden de los colegios públicos bilingües al considerarla "de pleno derecho"

Visita de la presidenta de Irlanda al colegio Bilingüe Ramiro de Maeztu
EUROPA PRESS
Europa Press Madrid
Actualizado: sábado, 8 octubre 2011 14:16

MADRID 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado un recurso que presentó la Federación de Madrid de Asociaciones de Padres del alumnado Francisco Giner de los Ríos contra la Orden por la que se regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad al considerar dicha orden "de pleno derecho".

La FAPA, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, consideraba que la Orden debería ser declarada nula de pleno derecho porque vulneraba lo establecido en el real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de Educación Primaria, "al relegar el conocimiento del castellano".

En concreto, la Federación rechazaba el artículo 3 en el que se expone que "todas las áreas que un centro haya decidido impartir en inglés lo serán íntegramente en ese idioma" pues creen que las administraciones educativas "tienen el deber de procurar que los alumnos adquieran la terminología propia de las áreas en ambas lenguas (inglés y castellano)".

La FAPA también considera que poniendo a la lengua inglesa como vehicular con preferencia frente a la castellana "en menoscabo de la lengua materna", se desvirtúan los principios generales y los objetivos de la Educación Primaria establecidos en la Ley Orgánica de Educación (LOE).

Para el Tribunal madrileño, no pueden prosperar las alegaciones de la FAPA "al no apreciarse vulneración alguna de la legalidad vigente por parte de la Orden" destacando dos artículos de la LOE donde, a su juicio, se dice lo contrario a lo que señalan los recurrentes. Por un lado, destacan que la LOE "señala la necesidad de capacitar al alumnado para la comunicación en una o más lenguas extranjeras".

El otro artículo hace referencia a que la misma ley plantea como objetivo "la necesidad de adquirir en al menos una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que le permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas".

Por otra parte, el Real Decreto 1513/2006 de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de Educación Primaria, dispone que "las administraciones educativas podrán autorizar que una parte de las áreas del currículo se impartan en lenguas extranjeras (...)".

Además, apuntan desde el TSJM que en la Orden recurrida se indica que lo que pretende es "implementar un modelo de enseñanza a través del cual el alumno no sólo aprende inglés sino que recibe parte de las enseñanzas en inglés". "La lengua inglesa se convierte así en una segunda lengua vehicular de la enseñanza", continúa.

NO HAY VULNERACIÓN

De esta forma, el Tribunal madrileño no ve "ningún inconveniente, ni vulneración de clase alguna en que se disponga que los alumnos de Colegios Públicos Bilingües podrán cursar todas las áreas del currículo de Educación Primaria en lengua inglesa a excepción de Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura", reza la sentencia.

Del mismo modo, no se encuentra vulneración en el hecho de que las áreas que un centro haya decidido impartir en inglés lo sean íntegramente en ese idioma, pues "en ello radica la particularidad o especialidad de este tipo de Colegios".

El alto tribunal madrileño advierte asimismo que el "hecho de que la lengua inglesa de convierta en una segunda lengua vehicular de la enseñanza no impide que se siga manteniendo el castellano como lengua vehicular principal en la Enseñanza Primaria y Secundaria".

Según el tribunal, en la Orden se observa cómo la lengua española tiene más horas lectivas que el inglés, "de forma que no se relega al español en ningún caso, sino que se adopta un nuevo modelo en el que no se enseña inglés, como en modelos educativos anteriores, sino que se enseña en inglés y se mantiene la enseñanza en español para las materias básicas como las matemáticas, la lengua española y literatura".

Artículos Relacionados

Contenido patrocinado