MADRID, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha resuelto ya el último recurso interpuesto contra la Tasa de Basuras de la capital, respaldando la validez de que su cálculo se base en el valor catastral de las viviendas, entre otras cosas, según ha informado este martes el Ayuntamiento de la capital.
"Una nueva sentencia del TSJM confirma la legalidad de la Tasa de Basuras y desestima el último de los recursos interpuestos contra la Ordenanza municipal", aseguran desde el Consistorio, indicando que la resolución "reitera los argumentos de los anteriores pronunciamientos y aclara definitivamente una de las críticas más extendidas a la tasa: que un determinado momento se aumente el tipo impositivo del IBI por la paralela supresión de la tasa y que posteriormente se vuelva a establecerse sin disminuir aquel tipo no conlleva jurídicamente la nulidad de la misma".
Además, el Ejecutivo local asegura que, frente a los argumentos del recurrente sobre la "idoneidad" de la fórmula del tributo elegida para calcular la tasa --basándose en el valor catastral del inmueble--, este sistema es "inequívocamente válido" para el cálculo.
El Consistorio asegura también que el fallo judicial señala que, "en la tasa, la adecuación de la carga tributaria a la capacidad económica debe conseguirse mediante mecanismos complementarios indirectos" como, por ejemplo, "remitirse a la base vigente para ciertos impuestos, ya que en éstos esa adecuación a la capacidad contributiva ha de estar, por definición, plenamente valorada".
La resolución "también confirma la exigencia de la tasa en viviendas desocupadas o no habitadas, afirmando que no se precisa la producción de residuos para que se genere la obligación de abonar la cuota tributaria de la tasa, pues lo determinante de su hecho imponible es la posibilidad de hacer uso de tal servicio.
Se confirma así, según el Ayuntamiento, la doctrina reiterada del Tribunal Supremo (TS) que se cita en la sentencia: "Ocurre algo parecido con los servicios públicos de gas, electricidad, teléfonos, prestados por empresas particulares que cobran siempre una tarifa fija, aunque durante algún tiempo no se consuma electricidad, o gas, o no se utilice teléfono".
Por último, el TSJM "niega que el Ayuntamiento haya actuado arbitrariamente en la fijación del coste del servicio" ya que reconoce que, "en este coste, deben incluirse tanto los de estructura, que afectan a las distintas dependencias municipales que realizan funciones públicas relacionadas directa o indirectamente con la prestación del citado servicio público, como los gastos del personal municipal dedicado a la gestión del cobro, ya que sin este personal no se podría ni gestionar el servicio ni siquiera prestarlo", informa el Consistorio.
La delegada de Medio Ambiente, Ana Botella, ha manifestado en declaraciones a Europa Press su "satisfacción" por el fin del proceso judicial, y ha recordado que la propia UE recomienda a las corporaciones locales que financie con tasas sus servicios porque "el debate actual en toda Europa es el difícil mantenimiento del actual sistema público" de servicios.
Finalmente, la concejala ha defendido que la capital ha sido una de las últimas ciudades españolas en introducir esta tasa que, según ella, es además "de las más baratas". "Hay que tener en cuenta asimismo que en una ciudad como Madrid, por ser capital, hay muchos actos públicos que, al final, acaba limpiando y pagando el Ayuntamiento", ha zanjado.