Edificio del antiguo restaurante Baobab, en Lavapiés - EUROPA PRESS
MADRID, 10 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido de forma cautelar y urgente la resolución de la Comunidad de Madrid que levantaba la suspensión del derribo de los inmuebles del antiguo Baobab, situados en la calle Cabestreros 1 y 3 de la capital, y que permitía continuar los trabajos de la licencia que estaba en vigor al no detectar valor cultural que sea objeto de protección en los mismos.
En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda, "sin previa audiencia de la parte contraria", la medida cautelar de suspensión de la resolución de 22 de mayo de 2026 de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid, por la que se levantaba la suspensión cautelar de las actuaciones sobre el inmueble y se permitía continuar los trabajos en estos edificios del barrio de Lavapiés.
El pasado mes de enero, el PSOE acudió a la Fiscalía para denunciar las actuaciones y evitar el derribo del edificio con el fin de evitar un daño irreversible. El Ayuntamiento de Madrid decidió entonces elevar la consulta a la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad de Madrid solicitando instrucciones sobre la licencia en vigor, lo que llevó a la paralizaron las obras, que se reanudaron el pasado mes de mayo.
La portavoz socialista, Reyes Maroto, ha celebrado que el TSJM haya decidido "paralizar el derribo de los edificios del antiguo Baobab para evitar un daño que habría sido irreversible para el patrimonio histórico" de la ciudad. "Cuando se derriba un edificio con valor patrimonial, no hay vuelta atrás", ha señalado.
En el auto, el PSOE defiende que los inmuebles de Cabestreros 1 y 3 se encuentran dentro del ámbito del Bien de Interés Cultural Conjunto Histórico de la Villa de Madrid y del BIC Zona Arqueológica del Recinto Histórico de Madrid.
Maroto ha sostenido que esta decisión judicial "demuestra que existían razones para actuar con prudencia", al tratarse de "inmuebles integrados en el conjunto histórico de Madrid, documentados desde hace siglos y que forman parte de la identidad urbana y social de Lavapiés".
La Sala aprecia "urgencia" porque, tras levantarse la suspensión previamente acordada por la Administración, se han reanudado los trabajos de demolición, de modo que la tramitación ordinaria de la medida cautelar "podría extenderse más allá de la demolición completa del edificio", haciendo su resolución "ya inoperante".
Además, el TSJM advierte de que "la simple continuación de las obras de demolición" durante la tramitación ordinaria de la pieza de suspensión, teniendo en cuenta la integración del edificio en el ámbito de Bien de Interés Cultural, "haría ya carente de eficacia la resolución sobre la suspensión".
El TSJM aprecia también, "prima facie", la existencia del necesario 'periculum in mora', al entender que, si no se suspende la resolución impugnada y continúan los trabajos de demolición, el objeto del recurso, que consiste precisamente en determinar si debe o no continuar esa demolición y cuál es la naturaleza del bien inmueble, "perdería ya toda finalidad".
En este punto, el auto subraya que "el carácter irreversible de los perjuicios se deriva de la propia naturaleza del inmueble incluido en el ámbito de Bien de Interés Cultural".
"NO PODEMOS SEGUIR BORRANDO LA MEMORIA DE NUESTROS BARRIOS"
En declaraciones remitidas a los medios, Maroto ha cargado contra el Ayuntamiento de Madrid al considerar que "lo más preocupante" es que "haya mirado hacia otro lado ante una operación que suponía la desaparición de una parte" del patrimonio histórico de la ciudad "para favorecer un proyecto orientado a usos turísticos".
"No podemos seguir borrando la memoria de nuestros barrios para sustituirla por actividades pensadas exclusivamente para el turismo", ha advertido la portavoz socialista, que ha defendido que Madrid "no necesita más presión turística", sino "proteger su patrimonio, preservar su identidad y garantizar barrios para vivir".
En este sentido, el TSJM concluye que debe ceder el interés particular del titular de la licencia, "de naturaleza económica y por ello mismo resarcible", frente a los "intereses generales y colectivos de la preservación" de los bienes incluidos en el ámbito BIC.
Por todo ello, el tribunal acuerda suspender la resolución autonómica de 22 de mayo, da un plazo de tres días para que las administraciones se pronuncien sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida recogida en el auto, que es firme y contra el mismo no cabe interponer recurso ordinario alguno.
PODRÍAN CORRESPONDER A EDIFICIOS ORIGINALES DEL SIGLO XVII
Sobre esta resolución también se ha pronunciado el edil socialista Antonio Giraldo, quien ha destacado en un comunicado que el Grupo Municipal ha trabajado "con profesionales del patrimonio, de la arquitectura y de la historia", así como con entidades ciudadanas dedicadas a la defensa del patrimonio madrileño, que venían advirtiendo de que los inmuebles "podrían corresponder, con altísima probabilidad, a edificios originales del siglo XVII".
Giraldo ha explicado que, para solicitar las medidas cautelarísimas, el Grupo Municipal encargó "un informe pericial firmado por un doctor en Arquitectura" que, según ha señalado, rebate la resolución de la Comunidad de Madrid. "La resolución por la que se acordaba levantar la suspensión y permitir la demolición incurría en contradicciones que no se sostenían", ha afirmado.
"Nos alegramos de que el TSJM haya admitido el informe pericial y de que ahora se pueda dirimir en sede judicial el valor de los inmuebles. Toda pelea es poca para preservar el patrimonio madrileño", ha subrayado Giraldo.