TSJM rechaza querella contra González al que acusaban de prevaricar en la adjudicación de la gestión de un campo de golf

Actualizado: martes, 20 abril 2010 17:52

MADRID, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha admitido a trámite la querella interpuesta por la asociación 'Parque sí en Chamberí' contra el vicepresidente y portavoz regional, Ignacio González, al que acusaban de prevaricación en la adjudicación de la gestión y explotación de un campo de golf a una empresa que era titularidad del socio de uno de sus hermanos y de su cuñado.

Así lo acuerda un auto en el que la Sala rechaza admitir a trámite la querella, ya que no se considera competente para resolver el asunto, y en la que se acuerda que se archiven las actuaciones, dando por firme la resolución.

La asociación presentó la querella ante el TSJM el 8 de marzo de este año y en ella se acusaba al 'número dos' del Ejecutivo de Esperanza Aguirre de haber cometido prevaricación, delitos contra la ordenación del territorio, malversación y fraude.

La querella hacía referencia a diversas actuaciones que había llevado a cabo la Comunidad de Madrid para la urbanización de una "extensa parcela" conocida como solar del tercer depósito del Canal de Isabel II, en el distrito de Chamberí y que la asociación consideraba "ilícitas e incluso delictivas".

'Parque sí en Chamberí' apuntaba en su querella que González, también presidente del Canal de Isabel II, había adjudicado la gestión y la explotación de unas instalaciones que se iban a construir en los citados terrenos "a una empresa cuyo titular era socio de un hermano suyo y también de su cuñado".

Sin embargo, el juez entiende que el hecho principal que constituye el objeto de la "confusa querella" es que el Consejo de Gobierno adoptó una resolución en enero de 2007 en la que se aprobaban las obras de restauración y consolidación del depósito número tres del Canal, así como de las zonas verdes e instalaciones deportivas a ubicar. Este acuerdo fue recurrido ante el TSJM, que acordó impugnarlo y anularlo.

Según la asociación, el Consejo de Gobierno "podría haber incurrido en el delito de prevaricación" con ese acuerdo, "pudiendo incluso existir una infracción de malversación de bienes públicos". También señalan que esa resolución fue firmada por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre.

El magistrado basa su rechazo a la hora de admitir la querella en que el artículo 25 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad determina que la responsabilidad penal del presidente regional, de sus vicepresidentes y consejeros "será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo". No obstante, indica que la responsabilidad penal de los vicepresidente y de los consejeros, "para delitos cometidos en el ámbito de su jurisdicción, será exigible ante el TSJM".

Por ello, argumentan que en la querella se efectúan "imputaciones delictivas" contra la presidenta regional, "aunque el texto no se dirija formal y nominativamente contra ella", por lo que el escrito no debe ser admitido por la Sala del TSJM. Este es el motivo por el que rechazan admitir la querella, dado que no es competente para resolver.