Ejecutivo aprueba protocolo para protección de la maternidad de las empleadas de la Administración regional

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EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 14 marzo 2014 13:42

MURCIA, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha ratificado el acuerdo suscrito entre la Administración regional y los sindicatos representados en la Mesa General de la Función Pública (CCOO, FSES-ANPE, FSES-SATSE, UGT, CESM y la Intersindical) por el que se aprueba un protocolo de actuación para la protección de la maternidad de las empleadas públicas de la Administración regional.

Este protocolo refuerza las actuaciones que ya se realizan relativas a la protección de la seguridad y salud de las trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia natural. En él se definen, de forma detallada, las acciones que debe observar la Administración cuando tiene conocimiento de la situación de embarazo o lactancia natural de una funcionaria, ha explicado José Ballesta, portavoz del Gobierno regional en rueda de prensa.

En la elaboración de este protocolo han participado los Servicios de Prevención de la Administración regional y se considera una herramienta útil para que las personas con responsabilidades en estas cuestiones conozcan, de manera sencilla, cuáles son las actuaciones que deben realizar, ya que en él se detallan las medidas que es necesario adoptar para la adaptación de las condiciones de trabajo de dichas empleadas.

En el caso de que no fuera posible esa adaptación, el protocolo incluye, como alternativas, la puesta en marcha de medidas de aplicación progresiva, como encomendar la realización temporal de funciones, la reubicación en su misma categoría, cuerpo o escala, el desempeño por medio de promoción interna temporal de funciones de igual o superior categoría o la reubicación en otro puesto de trabajo correspondiente a otra categoría, cuerpo, escala y, en su caso, opción diferente a la de origen.

Asimismo, en este documento se definen los responsables y órganos competentes y los plazos para la resolución, garantizando siempre la intimidad y dignidad de la empleada pública, al igual que la confidencialidad de la información de carácter médico.

También se indica la obligatoriedad de informar a los representantes de los trabajadores de las actuaciones realizadas, a través de Comisiones y Comités de Seguridad y Salud.