Estatuto C-LM.- Valcárcel presenta hoy el libro 'La constitucionalidad de los nuevos estatutos en materia de agua'

Actualizado: miércoles, 5 noviembre 2008 6:41

Catedráticos en Derecho analizan el proceso de reformas estatutarias en relación con las competencias sobre agua

MURCIA, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Ramón Luis Valcárcel, presenta hoy, a las 11.00 horas, en la sede del Ejecutivo, el libro 'La constitucionalidad de los nuevos estatutos en materia de agua', elaborado a propósito de la propuesta de reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, que se está tramitando en el Congreso de los Diputados.

Se trata de una publicación editada por el Instituto Euromediterráneo del Agua y realizada por el catedrático de Derecho Constitucional y Político de la Universidad de Murcia (UMU), Ángel Garrorena, y el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de La Rioja y especialista en temas relacionados con la planificación hidrológica, Antonio Fanlo, según informó el Ejecutivo murciano en un comunicado.

Tiene su origen y desarrolla el dictamen que presentó el presidente Valcárcel a la ministra de Medio Ambiente, Elena Espinosa, en la reunión que mantuvieron ambos mandatarios el pasado 23 de octubre.

En concreto, ambos expertos en Derecho analizan en este libro, desde una perspectiva "estrictamente constitucional", las reformas estatutarias, con especial atención al proyecto de reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, y en referencia concreta a la "inconstitucionalidad" de las disposiciones y artículos en materia de agua que contempla.

En este estudio, los catedráticos realizan un análisis pormenorizado de los argumentos constitucionales sobre los que fundamentan las actuaciones y derechos que se atribuyen los estatutos de autonomía en materia de agua.

Así, concluyen que el proyecto de reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha "excede la función constitucionalmente atribuida a los estatutos y menoscaba las competencias que corresponden al Estado en materia de agua", todo ello, según se indica en el texto, "en detrimento de los intereses formalmente ya atribuidos por el Estado a la Comunidad de Murcia", como beneficiaria de las transferencias de agua procedentes de la cuenca del Tajo.

Unas atribuciones y legislación respecto del trasvase Tajo-Segura, explican los autores, que "deben ser sólo y exclusivamente modificadas por el Estado, no por los estatutos de autonomía".

Según los autores, la disposición transitoria primera del proyecto de reforma del estatuto castellano manchego, que pretende poner fecha de caducidad al trasvase Tajo-Segura, "muestra la indisimulada existencia de un ánimo beligerante que no se corresponde bien con el designio que debe presidir en la elaboración de estas normas, llamadas después a integrarse en un orden común regido por los principios establecidos en la Constitución Española".

En esta misma línea, argumentan que las distintas disposiciones transitorias, que analizan una a una, "no respetan un principio claro promulgado por la propia Constitución, el principio de solidaridad (artículo 2 de la Constitución española)".

Además, "este principio hace imposible que los estatutos estén presididos por un ánimo de confrontación incompatible con el principio de lealtad constitucional", y la propuesta de reforma del estatuto de Castilla-La Mancha, concluyen los autores, "incluye enunciados que afectan directamente a este juicio".

También analizan los expertos que han elaborado este documento la importancia que tienen las nuevas formas de incidir las comunidades sobre la posición del Estado en materia de agua, "forzando en muchas ocasiones sus márgenes de actuación y la constitucionalidad", en referencia a las reservas de agua a favor de una Comunidad.

A partir de estos argumentos, los autores analizan uno a uno todos los artículos y disposiciones relativas a las atribuciones del estatuto castellano manchego en materia de agua.