MADRID 19 Abr. (EUROPA PRESS) -
El abogado José Luis Mazón, autor de una de las querellas que el Tribunal Supremo tramita contra el juez Baltasar Garzón, considera que la sanción disciplinaria que le impuso el Tribunal Superior de Cataluña (TSJC), y que el Supremo ha confirmado en una sentencia hecha pública hoy, "no es ninguna deshonra sino una medalla de guerra".
En un comunicado, Mazón sostiene que es "un honor" haber sido sancionado por María Eugenia Alegret, presidenta de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Cataluña, que le impuso una sanción de apercebimiento al considerar que las expresiones que contenía el recurso de súplica contra la inadmisión de una querella contra un juez, en el que cuestionaba la imparcialidad de la Sala, suponía "una falta de respeto al Tribunal".
"No es ninguna deshonra ser sancionado por la señora Alegret, presidenta del TSJ de Cataluña que hará historias por su altanería", afirma el abogado murciano. En su opinión, la sanción es "una notoria arbitrariedad y acto de hostigamiento a un abogado que se atreve a decirle a los jueces que no fueron imparciales cuando inadmitieron la querella contra un compañero de profesión".
Además, Mazón apunta que el Tribunal Supremo "no ha entrado en el fondo ni juzgado si era correcta o no la sanción", sino que sólo ha inadmitido su recurso al entender que "las sanciones que ponen los jueces a los abogados no son recurribles ante la Justicia por vía contenciosa". Ahora, anuncia, recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional.
En su sentencia, el Supremo confirmó la sanción a Mazón y dio la razón al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, entendiendo que las correcciones disciplinarias interpuestas por los jueces y tribunales en el curso de un procedimiento y las resoluciones revisoras de las mismas adoptadas en alzada por las respectivas Salas de Gobierno, son actos cuya naturaleza es jurisdiccional y no administrativa y que, por esta razón, quedan excluidos del control contencioso-administrativo.
SANCIÓN "INCLUSO MODERADA", SEGÚN EL TSJC
Después de que la Sala de lo Penal del TSJ de Cataluña le impusiera la sanción de apercebimiento, Mazón interpuso un recurso de alzada ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que lo desestimó entendiendo que las expresiones utilizadas por el letrado excedían "sobradamente de lo que puede entenderse amparado por el ejercicio del derecho de defensa o el de libertad de expresión" y se situaban "claramente en la falta de respeto directa y sin ambages hacia los miembros de la Sala que resolvieron inadmitir a trámite la querella".
Además, la Sala de Gobierno advertía que la sanción impuesta era "proporcional, adecuada e incluso moderada a la vista de la entidad de los hechos" y estaba acomodada a las previsiones en cuanto a su cumplimiento de lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Mazón interpuso entonces un recurso contencioso-administrativo contra esta resolución, por la vía del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, y la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acordó inadmitirlo, en octubre de 2008, al no resultar competente esta jurisdicción. El Supremo confirma ahora la decisión de este tribunal.
José Luis Mazón es uno de los dos abogados --el otro es Antonio Panea-- autores de la querella contra el juez de la Audiencia Nacional que tramita el Tribunal Supremo por un presunto delito de prevaricación y cohecho, relacionado con el pago de unos cursos que Garzón dictó en Nueva York, patrocinados por el Banco Santander, y que los abogados querellantes relacionan con la decisión posterior del magistrado de no admitir a trámite una querella formulada contra directivos de esta entidad bancaria.