MADRID, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -
La ponencia de la Comisión de Justicia del Congreso encargada de la reforma del Código Penal ha llegado a una serie de acuerdos para endurecer las penas por corrupción por parte de funcionarios o cargos públicos y aquellas que se aplican a los particulares implicados en estos delitos. Entre otras cosas, se expondrán a ser condenados a ir a la cárcel los funcionarios o autoridades que intervengan en la concesión de contratos de los que busquen obtener beneficios. Ahora sólo se preveía multa e inhabilitación para estos casos.
Según informaron a Europa Press en fuentes parlamentarias, estas modificaciones ya se han incorporado mediante varias enmiendas transaccionales al informe de la ponencia aprobado esta mañana. La Comisión de Justicia tiene previsto reunirse el próximo día 21 para emitir su dictamen sobre la reforma, que será votado en el Pleno del Congreso una semana después para su remisión al Senado.
Una de las novedades pactadas afecta al artículo 239, que una vez que se apruebe el nuevo Código Penal, incluirá penas de prisión para las autoridades o funcionarios públicos que "intervengan" en cualquier clase de "contrato, asunto, operación o actividad" y aprovechen su cargo para beneficiarse de esos negocios o actuaciones, ya se directamente o mediante otra persona interpuesta.
La normativa vigente establece una multa de entre uno y dos años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por un periodo de entre uno y cuatro años. A estas penas se añade ahora un periodo de prisión de seis meses a dos años.
CORRUPCIÓN URBANÍSTICA
Durante la ponencia, PSOE, PNV y ERC-IU-ICV han acordado también modificar el artículo 320 del Código Penal para castigar con un año y seis meses a cuatro de prisión y multa de 12 a 24 meses a las autoridades o funcionarios públicos que informen favorablemente, a sabiendas de su injusticia, sobre instrumentos de planeamiento, proyectos de urbanización, construcción o edificación, que concedan licencias contrarias a las normas de ordenación territorial o urbanísticas o que silencien infracciones con motivo de inspecciones.
En su proyecto, el Ejecutivo ya elevaba el castigo recogido en el vigente Código Penal al sugerir prisión de uno a tres años --uno menos de lo finalmente aprobado-- o multa de 12 a 24 meses. En sus enmiendas, los socialistas planteaban suprimir esa alternatividad, como así se ha recogido en el informe de la ponencia, con lo que la pena será tanto de cárcel como económica.
Asimismo, se ha aceptado una enmienda del grupo que comparten ERC, IU e ICV que modifica el artículo 428 de la normativa actual con el objetivo de endurecer las penas de prisión para el funcionario público o autoridad que influya en otro prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de su relación personal o jerárquica para conseguir un beneficio económico para sí mismo o un tercero.
Así, cuando se apruebe el nuevo Código Penal, se pasará del castigo de prisión de seis meses a un año que contempla la legislación actual para este tipo de delitos a penas de cárcel que podrán llegar hasta los dos años. Sobre este asunto en concreto, el Ejecutivo no había planteado reforma alguna.
CASTIGO A LOS PARTICULARES 'COMPLICES'
También se ha incluido en el informe de la ponencia una modificación del artículo 436, relativo al delito de fraude a un ente público. En este caso, las penas previstas para las autoridades o funcionarios que incurran en ese delito podrán hacerse extensivas también a los particulares que se coaliguen con ellos para su comisión.
Así, tanto los particulares como los funcionarios que, interviniendo por razón de su cargo en actos de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concerten con los interesados o utilicen cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público, podrán ser castigados con "penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años".
Ésta es la pena ya prevista en el Código vigente, que ahora podrá aplicarse también a los particulares 'cómplices', a los que, además, se le podrá inhabilitar "para obtener subvenciones y ayudas públicas para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de dos a cinco años".
Igualmente, se eleva de uno a dos años la pena prevista para el particular que influya en un funcionario público o autoridad aprovechándose de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar, directa o indirectamente, un beneficio económico para él o para un tercero. Ahora la pena de cárcel oscila entre los seis y los doce meses y, como seguirá ocurriendo en el futuro, y va acompañado de una multa.