AMP.- Audiencia de Valencia absuelve al hombre que mató a dos asaltantes de su chalé por eximente de "legitima defensa"

Actualizado: miércoles, 21 abril 2010 19:05

El tribunal condena a penas que oscilan entre los 11 y los 17 años para los siete acusados del robo y absuelve a otros tres

VALENCIA, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a Francisco Ramírez de la muerte de dos de los autores del asalto a su chalé de Canals, ocurrido el 4 de enero de 2006, al considerar que actuó en legítima defensa y que su reacción de disparar obedecía a "móviles defensivos" y no "vindicativos". Asimismo, no cree que el procesado incurriera en "desproporción" o "exceso intensivo" al utilizar el arma con la que el tribunal cree probado que mató a uno de los asaltantes mientras que la segunda víctima mortal pudo resultar herida por otro participante en el atraco.

Ramírez estaba acusado en este procedimiento únicamente por las familias de los dos fallecidos, que pedían para él 25 años de prisión, ya que el fiscal también había pedido su absolución al estimar que actuó en legítima defensa.

En este sentido, en la sentencia, de 120 páginas, se explica que el uso de la pistola, en primer lugar en la habitación, constituía "atendiendo a las circunstancias concurrentes, el único medio" que tenía el empresario para poner fin "a una grave agresión contra su persona y la de su mujer", mientras que la utilización posterior del arma, que pudo realizarse en respuesta a disparos de los asaltantes, "resulta igualmente, medio adecuado, proporcionado", dada la situación, "para evitar una respuesta" de los ladrones que, podían incrementar la intensidad de la violencia desplegada en el atraco.

La sala considera que, en relación con uno de los asaltantes fallecidos, J.A.L.R., --que recibió tres impactos de bala, en la cabeza, en la zona supraclavicular y en la mano-- murió junto al hueco de la escalera como consecuencia de los disparos de Ramírez, aunque sobre el segundo, W.L., cree que existe una "duda razonable" que impide dar por probado que fuera el dueño de la casa el autor del tiro que le alcanzó en el muslo y le causó una hemorragia por la que falleció desangrado en el jardín.

En todo caso, apunta a que los actos previos a estos hechos --robo, detención ilegal y allanamiento-- hacían a los dueños de la casa pensar que su vida "corría peligro" y subraya que Francisco Ramírez "no provocó la situación" sino que fueron los asaltantes quienes lo hicieron. "El señor Ramírez sabía que se trataba de un grupo numeroso de atracadores, que tenían armas de fuego y blancas, que eran violentos, que habían proferido amenazas de muerte", señala.

En relación con el asalto, el tribunal ha condenado a penas que oscilan entre los 11 años y dos meses y los 17 años a siete de los acusados por haber entrado en el chalé y absuelve a otros tres por este hecho, entre ellos un abogado que había alguna tenido relación con el empresario, J.A.A.B., y al que sí que condena a un año de cárcel por la tenencia ilícita de un arma que fue localizada en una fuente de agua de su despacho profesional.

Como indemnización, los condenados, que no podrán acercarse a la familia ni comunicarse con ella por un tiempo superior en seis años a la pena de prisión impuesta, deberán pagar a la víctima 11.538 euros y hacerse cargo del pago de una parte importante de las costas del proceso.

"EXTENSA, INTENSA Y DENSA"

La presidenta de la sección segunda de la Audiencia leyó la sentencia, a la que calificó de "extensa, intensa y densa", en una audiencia pública a la que asistieron los acusados y el propio Francisco Ramírez y su familia, con una fuerte presencia policial, y en la que la lectura, dada su amplitud, se limitó al relato de los hechos probados y a la resolución.

Como hechos probados, la sala explica que J.A.M.S; J.I.L.P.; J.J.G.A.; J.R.R.M.; A.J.O.V.; A.V.M. y R.R.P. --junto con los fallecidos J.A.L.R y W.L.G.-- además de otras personas no identificadas hasta un total de 12, se concertaron para asaltar el chalé de Canals propiedad de Francisco Ramírez y su mujer, hija del fundador de la firma textil Ferry's.

Mientras algunos de ellos se quedaron en la puerta de la casa para vigilar y facilitar la huída en los vehículos, otros --cubiertos con pasamontañas-- asaltaron en primer lugar la casa de los caseros y posteriormente se dirigieron a la vivienda principal, donde arrojaron y tumbaron boca abajo a los dueños, a quienes apuntaron con una pistola.

A la mujer la ataron de pies y manos y con el marido fueron al despacho a abrir una primera caja fuerte y posteriormente a la habitación principal, para hacerse con el contenido de una segunda. En un momento determinado, Ramírez, que estaba en la cama cubierto con el edredón, pidió que le llevaran agua y aprovechó la ocasión para coger una pistola de debajo del colchón y montar un cargador.

En ese instante, uno de los dos asaltantes que estaban con él arremetió en su contra con un cuchillo con el que logró herirle. El empresario realizó un primer disparo, que provocó su huída y se dirigió al salón donde estaba su mujer. En ese momento o bien antes del reencuentro, en las proximidades de la escalera por la que habían huido, realizó tres nuevos disparos que coincidieron en el tiempo con otros dos efectuados por uno de los ladrones desde la planta baja. La víctima pretendía evitar que quisieran matarles.

Uno de los asaltantes, J.A.L.R., falleció de tres impactos de manera inmediata, junto al hueco de la escalera. Otro murió como consecuencia del intercambio de disparos al sufrir una herida en el muslo derecho que le provocó una hemorragia y a consecuencia de la cual, murió desangrado a los 15 minutos, sentado tras un árbol, donde lo encontró la Guardia Civil.

"CONTRADICCIONES" PERO VERSIONES "SIMILARES"

La sala destaca que aunque en las distintas declaraciones prestadas por los dueños de la vivienda se han detectado algunas "contradicciones", ofrecieron versiones "similares" y en lo "fundamental coincidentes" y añade que la manifestación de uno de los acusados que se autoincriminó y el resto de pruebas "son manifiestamente corroboradoras de la realidad del asalto al chalé y de gran parte de los detalles referidos".

Asimismo, cree "compatibles" con los hechos relatados por los dueños de la casa los vestigios hallados en la inspección ocular y el estado en el que se encontraban las viviendas. En esta línea, indica que los casquillos y proyectiles localizados y analizados revelan que Ramírez realizó "al menos cuatro disparos, uno por casquillo y que con otro arma no localizada se dispararon al menos dos". Estos últimos se quedaron en la habitación de estudio por donde tuvieron que huir los asaltantes.

En este sentido, concluye que las contradicciones se suelen producir en los testimonios cuando un testigo es interrogado varias veces, a lo largo del tiempo y sobre unos mismos hechos, y considera que no son "indicativas, necesariamente, de alteración maliciosa del relato" sino que se producen por causas diversas. En este caso, sostiene que estas diferencias "no impiden dar por ciertos los hechos básicos" de los relatos de Ramírez y su mujer. Además, la sala cree que no resulta "sostenible" la hipótesis de que el empresario se habría autolesionado para generar una justificación de su actuación y alegar legítima defensa, apuntada por alguna defensa.