AMPL.- La Audiencia Nacional condena a Otegi a dos años de cárcel por "ensalzar en grado sumo" a los etarras

Actualizado: martes, 2 marzo 2010 14:47

Lo hizo cuando afirmó: "Se lo debemos a los presos políticos vascos, refugiados y tantos camaradas que hemos dejado en la lucha"

MADRID, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó hoy a dos años de cárcel y 16 de inhabilitación al ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi por "ensalzar en grado sumo" a los "presos polítocos vascos, refugiados y camaradas" de la organización terrorista ETA, durante el homenaje al preso José María Sagarduy, alias 'Gatza', que se celebró el 9 de julio de 2005 en el municipio vizcaíno de Amorebieta.

El tribunal, que condena a Otegi por un delito de enaltecimiento del terrorismo, rechaza aplicarle la agravante de reincidencia a pesar de considerar "público y notorio" que el dirigente de la izquierda abertzale "se prodiga de manera reiterada en este tipo de actos" y que se ha convertido en "un destacado líder en estas lides".

Por esta razón, le aplica el grado máximo de pena para este delito, establecido en dos años de prisión, seis meses más de los solicitados por la Fiscalía y en consonancia con la petición que realizaron las acusaciones populares, que ejercieron la asociación Dignidad y Justicia (DyJ) y el Foro Ermua.

"HALAGOS MAYORES SON INIMAGINABLES"

La sentencia, que absuelve al dirigente de la izquierda abertzale de los delitos de reunión y asociación ilícita y a las acusados Itziar Galardi y Josune Irakulis de todos los cargos que se les imputaban, considera que Otegi enalteció a ETA cuando al final del acto de homenaje aseguró: "Se lo debemos a los presos políticos vascos, refugiados y tantos camaradas que hemos dejado en la lucha y lo conseguiremos".

Los magistrados Angela Murillo (presidenta y ponente), Teresa Palacios y Juan Francisco Martel, que consideran la utilización de estos términos "tan errónea como interesada", recuerdan que los citados son "individuos privados de libertad, bien en calidad de presos preventivos por su presunta participación en delitos de carácter terrorista, bien en concepto de penados por su probada intervención en tales delitos".

"A estos individuos el acusado Otegi les ensalza en grado sumo, hasta el punto de llegar a considerarlos acreedores de Euskal Herria, por ser los artífices de ese gran cambio que, aventuraba, conllevará la territorialidad, la autodeterminación y en definitiva la independencia del País Vasco del resto de España". "Mayores halagos para éstos resulta inimaginable", dicen.

"EN ESPAÑA NO HAY PRESOS POLÍTICOS"

Los magistrados amparan en la libertad de expresión la "estrambótica" y "manifiestamente falsa" comparación que el acusado hizo entre Sagarduy y el líder sudafricano Nelson Mandela, al que, a diferencia del preso etarra, el tribunal califica de "un auténtico héroe que permaneció en prisión por motivos ideológicos, exclusivamente por eso, pero jamás utilizó la violencia ni la apoyó en pos de conseguir la supresión del 'apartheid' en Sudáfrica".

"Nelson Mandela fue un preso político, mientras Sagarduy es un condenado por gravísimos delitos de carácter terrorista. ¿Qué tiene que ver el uno con el otro? Absolutamente nada", señala la resolución judicial antes de asegurar que en España no existe "ni una sola" persona que cumpla condena en España por su "ideario política". "Ni una", recalca.

En relación con las otras dos acusadas, el tribunal les absuelve del delito de enaltecimiento del terrorismo, al considerar que la participación de Irakulis se limitó a solicitar la autorización para la celebración del acto y que el "exacto" contenido del discurso de Galardi se desconce, ya que la intervención que tenía inicialmente atribuida fue pronunciada por la otra procesada.

NO HUBO REUNIÓN NI ASOCIACIÓN ILÍCITA

Los magistrados también absuelven a los tres acuasados del delito de reunión ilícita, al entender que la organización del acto cumplió "todas las formalidades exigidas" y no se concebió "con la finalidad de cometer un delito concreto". La imputación por asociación ilícita "se entiende menos aún", según el tribunal, porque no se puede determinar "quiénes son los componentes y las personas físicas que componen esa asociación, con los carácteres y requisitos que señala al respecto la jurisprudencia del Tribunal Supremo".

"Eso no lo detectamos por ningún lado", añaden los miembros de la Sección Cuarta antes de cuestionarse por qué no fueron imputados por las acusaciones los miembros del Departamento de Interior del Gobierno vasco y del Ayuntamiento de Amorebieta que autorizaron el acto de homenaje a Sagarduy.

NO CONDENÓ LA VIOLENCIA

Durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 29 de enero, la fiscal Blanca Rodríguez defendió que Otegi participó en el acto "usando la bandera de ETA". El ex portavoz de Batasuna defendió que su única apuesta es "por vía políticas y democráticas" pero rechazó condenar la violencia, al no contestar la pregunta que la presidenta del tribunal, Angela Murillo, le realizó sobre este extremo. La respuesta de la magistrada a la negativa del procesado --"Eso ya lo sabía yo"-- provocó las críticas de la defensa de Otegi, que anunció que recurrirá la "parcialidad" del tribunal si es condenado.

Las intervenciones de Murillo fueron uno de los aspectos más comentados del juicio. Nada más iniciar la vista oral, la abogada Jone Goiricelaia preguntó a la juez si podía dar agua a su defendido, ya que se encontraba en huelga de hambre, a lo que la presidenta del tribunal respondió: "Por mí, como si quiere beber vino".

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal deberá dictar en los próximos días la sentencia relativa a los también acusados por estos hechos Jon Enparantza y Estanislao Etxaburu, que fueron juzgados en febrero pasado después de que decidieran no presentarse a la vista oral en la que se enjuició a Otegi.