AMPL.- El Supremo confirma la condena a Servitje por el desvío de fondos en el "Caso Treball"

Actualizado: viernes, 23 abril 2010 17:30

BARCELONA, 23 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por el ex secretario general de la Conselleria de Trabajo Josep Maria Servitje (UDC), y por el empresario Manuel Lorenzo Acuña contra la sentencia por el 'Caso Treball', que les condena a cuatro años y medio, y dos años de prisión, respectivamente.

La Sección Décima de la Audiencia de Barcelona condenó a Servitje (UDC) por desviar 46.157,73 euros de la Conselleria entre 1994 y 1995 --cuando gobernaba CiU--, mediante la adjudicación de estudios falsos, y a Víctor Manuel Lorenzo Acuña, dueño de las empresas Gestumer y Socesca, adjudicatarias de los informes, que resultaron ser meras copias de publicaciones de años anteriores sin autor ni pies de página, bibliografía, referencias doctrinales ni jurisprudencia actualizada.

Además, el alto tribunal desestima el recurso presentado por el entonces militante crítico de UDC Xavier Rotllán contra la absolución del ex conseller de Trabajo Ignasi Farreres por los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en documento oficial.

Según la sentencia ratificada, el ex secretario de UDC hizo valer su facultad para contratar estudios e informes sobre las materias propias de su conselleria y, de común acuerdo con Víctor Manuel Lorenzo Acuña, encargó ocho estudios a sendas empresas que se hallaban "bajo absoluto control" de Acuña. Los fondos fueron desviados del Departamento mediante la concesión de subvenciones y la contratación en favor de dos estas dos sociedades.

No obstante, "una y otra sociedad carecían de personal, asalariado o contratado, con formación jurídica para prestar los servicios contratados a la Conselleria de Trabajo", por lo que la Sala entiende que "las resoluciones eran prevaricadoras por sí mismas pues no tenían otro fundamento ni finalidad que favorecer una sustracción de fondos".

De los ocho estudios --cuatro por subvención y el resto por contratación--, "cuatro carecían de contenido real y los otros eran de meras copias de publicaciones de años anteriores existentes en el mercado y en las bibliotecas jurídicas".

Entre ellos figura un estudio titulado 'El nou sitema de contratación laboral', que es una copia parcial de la publicación 'Los nuevos contratos de trabajo' de Gonzalo Vidal Caruna de marzo de 1994 y contiene referencias a la legislación modificada y derogada.

El estudio 'Dona i Salud Laboral' contiene "datos obsoletos" ya que refieren a la población activa femenina ocupada según la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre de 1990 y habla del Plan de Igualdad de Oportunidades de las mujeres para el período 1988-1990, cuando la fecha en la que se presentó el estudio ya había un Segundo Plan para el período 1993-1995.

El estudio 'Empreses de Treball Temporal' cita una legislación "errónea y no actualizada".

El Tribunal Supremo ratifica la falta de acreditación de que Farreras "participara o tuviera conocimiento" del acuerdo alcanzado entre los otros dos acusados para desviar fondos de la Conselleria, pese a que firmó las resoluciones sobre cinco de los ocho informes fraudulentos, aprobando así el informe previo elaborado por Servitje.