(Ampliación).- La Audiencia de Barcelona ordena el ingreso involuntario de una joven anoréxica en un centro médico

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 15 marzo 2006 16:51

BARCELONA 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Decimoctava de la Audiencia de Barcelona ordenó ayer, en grado de apelación, el ingreso involuntario en un centro médico de una joven anoréxica que se niega a ser tratada, ya que es mayor de edad y no admite el trastorno que padece. El Tribunal considera que Rocío S.D., de 20 años, sufre una "enfermedad psíquica real" que requiere ingresarla por su "interés" y "beneficio".

El Tribunal provincial tomó esta decisión después de que el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Badalona denegara el pasado mes de abril la solicitud de internamiento en un centro médico presentada por las hermanas de la joven. La juez se basaba en un primer informe forense que no apreció en Rocío "alteraciones o deficiencias físicas o psíquicas que impidan el gobierno de sí misma" ni "indicios de hacerse daño a sí misma o a los demás".

La familia de la joven, no obstante, recurrió la decisión de la juez de Badalona ante la Audiencia de Barcelona basándose en los informes de los especialistas que trataron a Rocío en el Hospital de Sant Pau y de Bellvitge. Los doctores alertaban sobre el posible "riesgo vital" de la afectada y aconsejaban "su ingreso involuntario vía judicial", ya que la joven no asume la existencia de su problema.

UN NUEVO INFORME ACONSEJÓ SU TUTELA.

La Sección Decimoctava de la Audiencia de Barcelona señaló la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación presentado por las hermanas de la joven el pasado 9 de marzo, tras solicitar un nuevo informe médico que determinó que Rocío "no tiene consciencia" de su enfermedad y aconsejó su "tutela" para ser sometida a tratamiento psiquiátrico.

Ahora, tras la deliberación, el Tribunal provincial ha decidido revocar la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Badalona, ya que entiende que la juez "sólo valora el informe médico forense", que "es contradictorio respecto a los emitidos por los hospitales que han tratado y reconocido a Rocío", "sin atender a los demás informes obrantes en las actuaciones".

En su auto, la Sección Decimoctava se refiere concretamente a los informes emitidos por el Servicio de Psiquiatría del Hospital de Sant Pau, donde a Rocío se le diagnosticó una anorexia nerviosa, y por el hospital de Bellvitge, donde se recomienda "agilizar el ingreso involuntario --de la joven-- vía judicial" para adelantar en lo posible el tratamiento.

Por otra parte, la Audiencia de Barcelona también ha valorado el segundo reconocimiento médico forense que solicitó, elaborado por un especialista psiquiatra que señaló que Rocío "realizó durante la postadolescencia un proceso de anorexia que precisó tratamiento psiquiátrico".

TRASTORNO DE PERSONALIDAD SEVERO.

Según se puede leer en el auto, el informe también explica que la joven ha consumido tóxicos, fundamentalmente cocaína, y ha intentado suicidarse en varias ocasiones. Además, presenta "inestabilidad emocional y no se tiene por enferma".

El informe reconoce, además, que la joven, que mide 1,70 y pesa alrededor de 43 kilos, padece un "trastorno de personalidad de cierta severidad" y constata que sufre "anorexia mental, desadaptación y anosognosia --incapacidad de un sujeto para reconocer una enfermedad o defecto que padece él mismo".

Por ello, este segundo reconocimiento médico determinó que Rocío "precisa de tutelaje en cuanto a la necesidad de tratamiento psiquiátrico, ya que no tiene conciencia de su problema y existe riesgo en este sentido, existiendo también puntuales consumos de tóxicos severos y episodios depresivos".

UNA "CORRECTA" LUCHA DE LA FAMILIA PARA SU CURACIÓN.

En definitiva, la Audiencia de Barcelona entiende que los informes del Hospital de Sant Pau y Bellvitge y el "concluyente" informe médico forense prueban "la existencia de una enfermedad psíquica real", de la que no es consciente Rocío, lo cual impide su tratamiento y requiere su internamiento no voluntario.

La medida, según el Tribunal, se ha adoptado "en el interés y beneficio de Rocío que, si bien ahora no puede comprender, tras el necesario tratamiento y rehabilitación, en su mejora, podrá entender, apreciar y valorar la correcta lucha de su familia para su curación y bienestar", concluye la Sección Decimoctava.

Así, la Audiencia de Barcelona ha decidido estimar el recurso de apelación interpuesto por la hermana de Rocío y acordar el internamiento no voluntario por trastorno psíquico de la joven, ingreso que deberá realizarse por parte del Juzgado de Primera Instancia número 2 Badalona en el centro médico que proceda. Esta decisión judicial, no obstante, no será firme hasta dentro de cinco días, ya que puede ser recurrida por la afectada.

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