Anticorrupción recurre el archivo de Iberdrola Renovables en el 'caso Villarejo' al no considerar prescritos los hechos

Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España). La Fiscalía Anticorrup
Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España). La Fiscalía Anticorrup - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 9 septiembre 2022 12:03

Fiscalía considera que el plazo a aplicar sería de 15 años y no de 5, como argumentó el juez instructor

MADRID, 9 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el archivo para Iberdrola Renovables del 'caso Villarejo' al considerar que los presuntos delitos que habría cometido la filial al contratar al comisario jubilado para investigar a una compañía suiza no estarían prescritos, como señaló el juez instructor.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales Miguel Serrano y César de Rivas explican que el plazo de prescripción no sería de 5 años, como apuntó el magistrado Manuel García Castellón, sino que ascendería hasta los 15 años.

"Y es que el delito de cohecho que se atribuye a Iberdrola Renovables sería conexo con otros delitos de cohecho --activo y pasivo-- que se atribuyen a diferentes investigados, entre otros a los investigados Antonio Asenjo Martín y José Manuel Villarejo Pérez", apuntan.

Esto es así, argumentan, en tanto que "el plazo de prescripción a aplicar al conjunto punitivo objeto de investigación no sería el considerado de manera individual para el delito cuya prescripción se interesa --esto es, el delito de cohecho activo atribuido a Iberdrola Renovables Energía como persona jurídica-- sino el del delito más grave que se hubiera cometido".

"Y en este caso, el delito de cohecho activo y pasivo que se atribuye a las personas físicas --como más grave del conjunto punitivo-- se encuentra castigado con pena de prisión superior a cinco años y de inhabilitación superior a diez años. Ello significa que el plazo de prescripción a aplicar es de quince años, no cinco como defiende la investigada Iberdrola Renovables Energía", añaden.

EL PROYECTO 'WIND'

Así, y "dando por bueno el cómputo realizado por la propia Iberdrola Renovables en su petición de sobreseimiento", la Fiscalía apunta que "es evidente que entre marzo de 2012 y el 9 de julio de 2021 --en que se acuerda mediante el auto correspondiente atribuir a Iberdrola Renovables la condición de investigada-- no ha transcurrido el plazo legal de quince años previsto para la prescripción".

Fue a finales del pasado mes de julio cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 concluyó que la pena máxima que podría corresponder a Iberdrola Renovables como persona jurídica en relación al delito de cohecho investigado sería de dos años, por lo que el plazo de prescripción --de 5 años-- ya se habría cumplido.

El instructor imputó a la filial en julio de 2021 a raíz de la presunta contratación de Villarejo para el llamado proyecto 'Wind'. El ahora comisario jubilado, a finales de 2011 y a través del entonces director de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, habría investigado a la empresa suiza Eólica Dobrogea, a su accionista mayoritario Christopher Kaap y a su apoderado Corneliu Dica.

Iberdrola Renovables se había aliado con la compañía eólica para desarrollar una serie de proyectos en Rumanía, pero con el tiempo surgieron conflictos que se acabaron resolviendo de forma favorable a la eléctrica española en un procedimiento arbitral.

Leer más acerca de: