MADRID 16 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Madrid deberá decidir si el ex secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera, que actualmente se encuentra en tercer grado por la condena de siete años que se le impuso por la malversación de los fondos reservados, tiene que ingresar en la cárcel para cumplir la pena de un año y medio que este tribunal dictó hoy por el denominado 'caso de los maletines'.
El tribunal, que ha considerado probado que Vera encargó el pago de dinero a los ex policías José Amedo y Míchel Domínguez para garantizarse su silencio sobre los GAL, establece en su sentencia que aplicará a Vera el artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Esta ley establece que "cuando el culpable de varias infracciones penales haya sido condenado en distintos procesos por hechos que pudieron ser objeto de uno solo, el juez o tribunal que hubiera dictado la última sentencia, procederá a fijar el límite del cumplimiento de las penas".
TERCER GRADO DESDE 2006
Vera, que ingresó en la cárcel de Segovia el 16 de febrero de 2005, obtuvo el tercer grado en agosto de 2006 después de que la Junta de Tratamiento del centro penitenciario solicitara por unanimidad esta medida a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, que informó favorablemente.
En junio de ese año, el ex alto cargo del Gobierno de Felipe González fue autorizado a vivir fuera de la prisión de sábado a jueves, siempre y cuando portara una pulsera de control.
Desde agosto de 2005 hasta esa fecha, Vera gozó de una situación de semilibertad, al poder salir seis horas al día de la prisión para que remitiera la situación de depresión en la que se encontraba, según los informes médicos a los que fue sometido.