Condenado a trabajos por la comunidad y dos años de alejamiento de su pareja tras tirarla por las escaleras

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 5 noviembre 2007 18:21

SANTANDER 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado por un delito de violencia de género a Raúl G.G. a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad y a la prohibición, durante dos años, de acercarse a menos de 150 metros de su pareja, a quien, en el curso de una discusión, sacó de su casa y arrojó por las escaleras.

El 23 de junio de 2007 se encontraban el acusado y su pareja en el piso en el que vivían, en la calle Los Ciruelos, de Santander, y comenzaron una discusión después de que ella le recriminara haber pasado la noche fuera y haber bebido, algo que el hombre negó.

La mujer le dijo que si él no se iba de casa llamaría a la policía y marcó el número de la última llamada que había hecho desde su teléfono, que resultó ser el de una amiga. En ese momento, el acusado cogió a la víctima del cuello, la tiró contra el sofá y le dijo a la amiga, al otro lado del teléfono, que no acudiera.

La víctima intentó abandonar el hogar, pero el agresor la cogió por los brazos y la lanzó de nuevo hacia el sofá, mientras le pedía perdón e instaba a hablar.

Ella insistió en marcharse, por lo que él la sacó arrastras del piso y le dio un tirón cuando ella estaba agarrada a la barandilla de las escaleras de bajada, por lo que cayó y se golpeó. Además, en el último tramo de escaleras, la tiró con fuerza contra la puerta del portal.

Allí la encontró la amiga a la que había llamado por teléfono en estado de nervios y con lesiones, por lo que la trasladó al Hospital Universitario 'Marqués de Valdecilla'.

Como consecuencia, la víctima sufrió un hematoma en el antebrazo izquierdo, dos hematomas en la cara anterior del muslo izquierdo y un dolor en la zona sacro-coxígea.

La pena impuesta por la Audiencia también implica la prohibición de comunicar con la víctima por cualquier medio, lo que supondría, al igual que la ruptura del alejamiento, un delito de quebrantamiento de condena. También se condena al agresor a la dos años de privación del derecho de tenencia y porte de armas.

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