Condenan a 12 años de inhabilitación al ex alcalde de Torrelaguna (Madrid) por dos delitos de prevaricación

Actualizado: martes, 7 marzo 2006 18:26

El fallo también condena a seis años y un día de inhabilitación a cuatro concejales del Equipo de Gobierno

MADRID, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al ex alcalde de Torrelaguna Jacinto Llamas Monteverde a doce años y dos días de inhabilitación como autor de dos delitos de prevaricación, ya que rebajó en un 90 por ciento el complemento específico de la secretaria municipal y le abrió un expediente disciplinario de manera "injusta" acordando la suspensión preventiva de empleo con el fin de que ésta abandonara su cargo.

Así lo acuerda la sección tercera de la Audiencia madrileña en una sentencia que también condena a seis años y un día de inhabilitación a los ediles Juan Carlos González Cuesta, María Jesús Martín Guerra, María Ángeles Rubio Prieto y Fernando Martín Barbi.

El fallo establece que los imputados indemnicen conjunta y solidariamente a la secretaria municipal Isabel G.M. en 4.538 euros por el lucro cesante y en 9.015 euros por los daños morales causados, declarando la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Torrelaguna.

El tribunal estima que los acusados "adoptaron una estrategia dirigida a lograr el abandono por parte de la secretaria del Ayuntamiento de su destino en la Corporación Municipal; el fin perseguido se articuló e hizo operativo a través de sucesivas decisiones y actos de presión adoptados en un período singularmente breve de tiempo (poco más de dos meses)".

RELACIONES TENSAS

En junio de 1995, Jacinto Llamas Monteverde, Juan Carlos González Cuesta, María Jesús Martín Guerra, María Ángeles Rubio Prieto y Fernando Martín Barbi tomaron posesión de sus cargos en el Ayuntamiento de Torrelaguna, el primero como alcalde y el resto como concejales.

En el Consistorio trabajaba desde 1992 Isabel G.M. como secretaria municipal, cuyas relaciones con el alcalde se tensaron en septiembre de 1995 raíz del deseo de éste de que la funcionaria "no formara parte de la mesa de contratación de una auditoría financiera de los años 1991 a 1995". Días después, el regidor manifestó a Isabel G.M. que fuera "buscando otro Ayuntamiento".

En esta situación de enfrentamiento, se incorporó en el orden del día del Pleno municipal del 27 de octubre de 1995 la propuesta del PP, grupo al que pertenecían los procesados, de reducir en un 90 por ciento el complemento específico establecido para el puesto del secretario municipal.

"Al realizar esta propuesta los imputados conocían que la reducción del complemento específico exigía legalmente una previa valoración de la especial dificultad técnica del puesto, de la dedicación que exigía, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad y penosidad", recoge la sentencia.

EXPEDIENTE DISCIPLINARIO

La Sala también recuerda que el 1 de diciembre de 2005, Jacinto Llamas decretó la incoación de un expediente disciplinario a Isabel G.M. por dos faltas muy graves y dos graves, acordando con la misma fecha la suspensión preventiva de empleo. Como consecuencia de estos hechos, la funcionaria, al encontrarse con su sueldo reducido al 70 por ciento, concursó plaza como secretaria en una Ayuntamiento de Toledo, cesando el día 8 de marzo de 1996 en Torrelaguna.

El tribunal entiende que a la hora de rebajar el complemento específico de la secretaria municipal, los encausados "habían recibido la necesaria y completa información sobre las condiciones legalmente exigidas" para la modificación del mismo, por lo que se descarta "un desconocimiento o mal entendimiento de la ley".

Asimismo, subraya que la decisión de apertura del expediente disciplinario es "arbitraria e injusta en sí misma" y destaca que el alcalde no intentó probar las imputaciones contra Isabel G.M. ni propuso al instructor la realización de comprobaciones.