MADRID 13 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha acordado solicitar del Presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 15 y 16 de la Ley de la Comunitat Valenciana de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, del 22 de diciembre de 2008. El Ejecutivo entiende que supone una doble financiación de la sanidad valenciana.
La propuesta de recurso ha sido elaborada con los informes previos de los Ministerios de Economía y Hacienda, Defensa, Justicia, Administraciones Públicas, Sanidad y Consumo y Trabajo e Inmigración, y cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado.
Los artículos cuestionados de la Ley valenciana establecen un sistema de financiación de la asistencia médica pública incompatible con el establecido por la normativa estatal, al imponer una tasa para la asistencia médica a los beneficiarios de las mutualidades de funcionarios del Estado (MUFACE, MUJEJU e ISFAS) que hayan optado por la sanidad pública y establecer, además, que cada mutualidad se haga cargo de pagarla.
El Gobierno de España entiende que el establecimiento de esta tasa es inconstitucional porque supone una doble financiación para la Generalitat valenciana contraria al vigente sistema de financiación autonómica aplicable a la sanidad. "Estos artículos --argumenta el Gobierno-- vulneran el principio de equidad financiera al tratar de repercutir a las mutualidades de funcionarios del Estado el coste de la asistencia médica, un servicio que ya está financiado a través de los impuestos, tal como se prevé en las normas que regulan la financiación autonómica tras los acuerdos alcanzados con todas las comunidades autónomas, entre ellas la valenciana, en el Consejo de Política Fiscal y Financiera".
Asimismo consideran que también podría "contravenir" el principio de igualdad de los españoles consagrado por la Constitución, "al establecer un régimen económico más gravoso para aquellos empleados públicos que, amparados por el régimen de mutualismo administrativo, reciben asistencia sanitaria pública habitual o ocasionalmente en la Comunitat Valenciana, imponiéndoles una tasa que ninguna otra Comunidad Autónoma ha establecido por ser incompatible con el sistema de financiación".