Economía/Legal.- El juez desestima la petición de Jesús Salazar de suspender el nombramiento de consejeros de SOS

Actualizado: viernes, 18 diciembre 2009 15:43

MADRID, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha desestimado la solicitud formulada por el ex presidente de SOS Jesús Salazar de suspender cautelarmente los acuerdos de la junta de accionistas del pasado 29 de junio por los que se nombró consejeros a Miguel Salinas y la sociedad Ahorro Corporación, dejando sin representación a los Salazar en los órganos de gobierno de la compañía, según el auto dictado el pasado 15 de diciembre.

El juez da la razón a SOS al concluir que tanto Jesús Salazar como su hermano y entonces ya ex vicepresidente de SOS, Jaime Salazar, conocían antes de la celebración de la junta que la Audiencia Nacional les había imputado por el presunto desvío de cerca de 230 millones de euros de la compañía, lo que hace "obvio" que ambos "no podían perpetuarse en el consejo de administración ni por sí ni por una persona interpuesta".

Asimismo, el magistrado considera que la permanencia de los Salazar en los órganos de gobierno de la compañía "no puede blindarse con la simple invocación del derecho de representación proporcional de la minoría que ostentan sus sociedades patrimoniales titulares de las acciones de la compañía", según defendió Salazar en su solicitud presentada en nombre de su sociedad Unión de Capitales, actualmente en proceso concursal.

De este manera, el magistrado Carlos Nieto Delgado avala la legalidad del nombramiento e inmediato cese de los consejeros representantes de la agrupación de acciones de los Salazar, Jaime Pereña y Luis Chicharro, y el nombramiento en su lugar de la sociedad Ahorro Corporación y de Miguel Salinas en la junta del pasado 29 de junio.

Este movimiento de consejeros se produjo después de que los Salazar fueran cesados de sus cargos de presidente y vicepresidente de SOS el pasado 30 de abril tras descubrir la compañía el presunto desvío de cerca de 230 millones a varias de sus sociedades patrimoniales, y después de que la Audiencia Nacional aceptara su imputación por estos hechos.

El juez consideró "incuestionable" que ante esta situación la junta de accionistas "tenga la facultad para separar en cualquier momento a los administradores sin alegar causa justa alguna", en virtud del artículo 131 de la Ley de Sociedades Anónimas (LSA), que establece que los accionistas "pueden separar a los administradores en cualquier momento y nombrar a un consejero en representación de su parte proporcional" cuando exista conflicto de intereses.

La apertura de la causa contra los Salazar por la Audiencia Nacional "disipa por lo menos a título indiciario cualquier sospecha de que se trate de un conflicto interno societario de mera tensión entre la mayoría y la minoría por simples discrepancias en la gestión", apunta el auto.

De esta manera, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid resuelve esta petición de Jesús Salazar en el mismo sentido en el que lo hizo el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid frente a una solicitud similar presentada por Jaime Salazar.