ETA.- TS confirma los 6 años de cárcel impuestos a cuatro miembros de Segi como integrantes de organización terrorista

Actualizado: lunes, 12 abril 2010 14:00

MADRID, 12 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de seis años de prisión impuestas en su día por la Audiencia Nacional a cuatro miembros de Jarrai-Haika-SEGI, al entender que delinquieron al desempeñar distintos cometidos como integrantes de este grupo juvenil, declarado parte de ETA, con independencia de que las actividades que se les atribuyen fueran realizadas antes de que se declarara la ilicitud.

Así, la sentencia rechaza todos los recursos presentados por Eneko Aizpuru, Garikoitz Múgica, Asier Tapia y Zigor Ruiz Jaso en demanda de absolución, y concreta que lo que se sanciona "no es la adhesión ideológica ni la prosecución de determinados objetivos políticos o ideológicos, sino el poner a disposición de la banda armada determinadas aportaciones, conociendo que los medios y métodos empleados por la organización consisten en hacer uso de la violencia".

El alto tribunal subraya en su sentencia, que supera las 120 páginas, que los cuatro jóvenes pertenecen a una "asociación ilícita constitutiva de organización terrorista" porque sus fines son utilizar "el terror y la muerte cuando en un Estado Social y Democrático de Derecho, como el nuestro, existen cauces pacíficos y democráticos para la prosecución de cualquier finalidad política".

Para el Supremo, "la participación en cualquiera de las actividades de la organización propiamente armada con conocimiento de que con esa participación contribuirá a las actividades delictivas del grupo terrorista, debe configurarse como una modalidad de delito de terrorismo".

En el caso de Tapia, la resolución considera probada su pertenencia a Haika tras la suspensión de sus actividades, así como la presencia del joven en una rueda de prensa leyendo un comunicado "cuyo contenido harto significativo de la voluntad de continuar con la actividad de aquella organización juvenil terrorista asumió plenamente", lo que supone una militancia y participación activa que excede de la mera colaboración episódica.

LIMITES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Sobre las alegaciones de la defensa de Tapia y a de Garikoitz Mujika en el sentido de considerar su participación en una rueda de prensa enmarcado dentro del ejercicio de la libertad de expresión, el alto tribunal señala que la ponderación entre el derecho y el delito "difícilmente puede resolverse a favor de aquellas libertades cuando la conducta cometida por el autor ha consistido enana colaboración con terroristas, cuyas acciones desembocan en gravísimas consecuencias para la generalidad de las personas".

"No puede aceptarse que las organizaciones juveniles Jarrai, Jaika y Segi en su funcionamiento y actividades se unieran exclusivamente en el área de participación política con la defensa de sus ideas", continúa la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo,

PARTE DE ETA

En la sentencia de 2009, la Audiencia Nacional dio por probada la participación de los cinco jóvenes ( los cuatro citados más Araitz Zubimendi, que no recurrió en casación) "en todas o algunas de las organizaciones juveniles Harrai, Haika y SEGI, lideradas por ETA". Su actuación, explicó, se puso "en evidencia", después de que las actividades de Haika fueran declaradas ilícitas por la Audiencia Nacional en marzo de 2001.

Por entonces los cinco acusados se presentaron ante la opinión pública, en diversos actos, como integrantes de SEGI e incluso portavoces de Harrai-Haika, convocando movilizaciones y asegurando que continuarían "trabajando" por los "compromisos asumidos".

Además de las "propias manifestaciones públicas de los acusados", el tribunal contó como "medios de prueba" las conversaciones telefónicas intervenidas a los procesados, en las que se corroboran "su participación y asistencia a las reuniones, manifestaciones, convocatorias, actos de protesta y actividades" de las asociaciones ilegalizadas, con el objetivo de cumplir sus "propósitos desestabilizadores" para "generar un clima social de tensión, hostilidad, oposición y enfrentamiento dialéctico y violento contra las instituciones que ejercen el ámbito del poder".

En enero de 2007, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo declaró que Jarrai, Haika y SEGI son organizaciones terroristas por formar parte de ETA. Por esta razón, el alto tribunal aumentó a seis años de cárcel las condenas de entre dos años y medio y tres años y medio que la Audiencia Nacional impuso a otros 24 jóvenes miembros de esta organización en junio de 2005. Aunque la acusación estaba dirigida en un principio contra 42 personas, para las que se pedían 654 años de cárcel, al juicio en la Audiencia Nacional únicamente se presentaron 33.