El fiscal apoya una de las causas de recusación de Garzón

El Juez Baltasar Garzón Atiende A Los Periodistas
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 31 mayo 2011 16:59


MADRID, 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía se ha adherido a una de las causas de recusación esgrimidas por el juez Baltasar Garzón para apartar a cinco de los magistrados del Tribunal Supremo que tienen que juzgarle por investigar presuntamente sin competencia los crímenes franquistas.

Apoya que tengan que abstenerse por haber participado en la instrucción, pero rechaza que tengan interés directo en la causa, que era el segundo motivo alegado por el juez suspendido.

El informe dado a conocer este martes es consecuencia del requerimiento que le hizo la semana pasada la Sala del 61 del Tribunal Supremo, que es la competente para estudiar recusaciones contra magistrados de este órgano. La Sala se reunirá previsiblemente el próximo 13 de junio para estudiar este asunto, han informado fuentes del alto tribunal.

Los recusados son el propio presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra Ruiz, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo.

Garzón considera que su intervención en varios momentos de la instrucción de la causa los inhabilita para juzgarle con la suficiente imparcialidad.

Sobre la primera causa de recusación, prevista en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) -"haber participado en la instrucción de la causa penal"-, la Fiscalía recuerda que los recusados, a través de numerosas resoluciones, admitieron la querella presentada por Garzón.

Además, la misma Sala ha respaldado "sin fisuras" la labor del instructor de la causa, Luciano Varela, y ha ido rechazando todos los recursos planteados por la defensa del juez , "así como las insistentes y muy fundadas solicitudes de sobreseimiento instadas por el Ministerio Fiscal", subraya el escrito.

COINCIDENCIA CON EL "CASO LIAÑO"

El Ministerio Público resalta las similitudes entre la causa de Garzón y la que fue sustanciada contra el ex juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño. En el caso de este último, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España a indemnizarle con 5.000 euros en concepto de "daños morales" debido a que no tuvo un juicio "independiente e imparcial" en el caso Sogecable, en el que fue condenado por prevaricación.

Según dice el informe, la Sala que está previsto que juzgue a Garzón por la memoria (el juez ha recusado a 5 de los 7 magistrados que la integran), "y la intensidad de su análisis y pronunciamiento previo sobre la materia de fondo que es objeto de enjuiciamiento" aconsejan al Ministerio Fiscal prestar su adhesión a esta primera causa de recusación.

"No porque el Ministerio Fiscal pueda aventurar o sospechar una actuación futura de la Sala recusada que pueda tildarse de falta de imparcialidad, en modo alguno, sino, sólo y exclusivamente, con una finalidad preventiva, y para apartar cualquier sombra de sospecha que pueda empañar la recta aplicación del derecho inherente a la función jurisdiccional", añade el escrito.

ACTUACIÓN "IRREPROCHABLE" DEL TS

Por otra parte, el fiscal rechaza de plano la segunda causa de recusación esgrimida por Garzón, que es la de tener interés directo o indirecto en el pleito (artículo 219.10 de la LOPJ). "No es sólo que no podamos presumir la falta de imparcialidad subjetiva en la Sala recusada, sino que, desde este punto de vista, toda su actuación procesal aparece como irreprochable".

Según el escrito presentado en diciembre pasado ante el alto tribunal por el defensor de Garzón en este procedimiento, Gonzalo Martínez-Fresneda, la recusación se basa en el principio general de que quien participa en la instrucción de la causa está inhabilitado para juzgar ese mismo asunto.

Los cinco magistrados recusados intervinieron en la instrucción de la causa contra Garzón por el asunto de la memoria histórica admitiendo a trámite la primera querella contra el juez; realizando diligencias previas de instrucción antes de decidir la admisión a trámite de la misma; firmando resoluciones denegando de plano la personación de las víctimas de los crímenes franquistas y negándose a resolver sus diversas peticiones, entre otras actuaciones, según acredita la defensa del juez suspendido de la Audiencia Nacional.

El escrito de Garzón subraya que, además, los magistrados recusados confirmaron el archivo de la instrucción y la prosecución de la causa contra Garzón, en contra de la reiterada opinión del Ministerio Fiscal, que solicitó el sobreseimiento hasta en siete ocasiones.

Añade que los ahora recusados incluso sugirieron "a los familiares de los presuntos responsables franquistas que acudieran ante los tribunales para defender su prestigio, presuntamente denigrado por las resoluciones dictadas por Garzón".

Además, Martínez-Fresneda insiste en su escrito en que los magistrados recusados han defendido una interpretación de la ley procesal determinada para intentar salvaguardar su propia competencia, "mostrando con ello un interés indirecto en ser ellos mismos quienes formen parte del tribunal que juzgue al juez Garzón, tras haber sido los que han admitido las querellas y controlado la instrucción, que ha supuesto la suspensión del juez".