MADRID, 19 Mar. (EUROPA PRESS) -
El fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, ha afirmado este martes que el Tribunal Supremo estableció la 'Doctrina Parot' y luego el Tribunal Constitucional la confirmó porque las leyes "hay que interpretarlas según la realidad social".
En declaraciones a Onda Cero recogidas por Europa Press, ha admitido que es "difícil" que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no confirme la sentencia dictada el pasado julio que rechaza la aplicación de la 'Doctrina Parot' en España, pero ha afirmado que el recurso presentado por el Gobierno "tiene posibilidades" de prosperar porque sus argumentos no son "descabellados".
El fiscal ha señalado que "es un recurso muy complicado" porque la Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo (Francia) ya se pronunció "por unanimidad" en contra de esa doctrina. El Gobierno recurrió el fallo, según el cual esa doctrina contraviene el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y la respuesta de la Gran Sala del TEDH se conocerá esta semana.
Calparsoro ha preferido no pronunciarse sobre las consecuencias de un posible rechazo del recurso presentado por España. "Cualquier decisión que adopte el tribunal tendremos que asumirla y, nos guste o no, tendremos que aplicarla, pero yo confío en que sea la más ajustada a la legalidad internacional, a la legalidad española y las circunstancias que vivimos en España", ha manifestado.
Tras explicar que hay una postura según la cual "las penas tienen que tener un fin temporal determinado y que más allá de cierto número de años ya no cumplen los fines de resocialización" de la persona presa, el fiscal ha subrayado que las leyes "hay que interpretarlas según la realidad social", y eso es lo que llevó al Tribunal Supremo a "cambiar el criterio".
ALARMA SOCIAL
En este contexto, ha recordado que, según la Constitución española, las penas de cárcel deben tener como fin principal la resocialización. "Pero eso no quita que haya otros fines tan importantes" como ese objetivo, como son la prevención del delito y la protección de la sociedad, y que "en el caso de asesinatos son indudables", ha resaltado.
Así, ha afirmado que se puede crear "una alarma social y una sensación de inseguridad o de preocupación" si finalmente salen en libertad ciertos presos, un elemento que, a su juicio, "hay que tener en cuenta". Calparsoro ha apuntado que, además de respetar "las garantías de los justiciables, los imputados, los presos y los acusados", hay que "tener en cuenta siempre a las víctimas y a la sociedad".
EL RECURSO DE ESPAÑA "TIENE POSIBILIDADES"
Calparsoro ha manifestado que "el Estado español tiene argumentos" que "no son, ni mucho menos, argumentos descabellados", de manera que "tiene posibilidades de ganar el recurso", aunque ha reconocido que es "difícil".
En su opinión, el Gobierno estaba "obligado a recurrir" porque la 'Doctrina Parot' --por la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios se aplica sobre cada una de ellas individualmente y no sobre el tiempo máximo legal de permanencia en prisión, que son 30 años-- es "un criterio de interpretación legal establecido por el Tribunal Supremo y confirmado por el Tribunal Constitucional". En este caso, ha añadido, el Estado debe "proteger o defender los criterios" de los tribunales españoles.
Calparsoro ha indicado que, si bien la sentencia del TEDH "no vincula directamente a los tribunales" españoles "desde un punto de vista estrictamente legal", sí vincula "de alguna manera" al Estado español. Por lo tanto, "no hay ninguna duda de que, en caso de que el Tribunal de Estrasburgo confirmase la sentencia (...), todos los tribunales españoles la aplicarían a la mayor brevedad", ha añadido.
Según ha detallado, esa sentencia se aplicaría a todas aquellas personas que estén en la misma situación que la etarra Inés del Río, que llevó su caso al TEDH.