Prorrogar el estado de alarma por el coronavirus requiere una votación en el Congreso, que puede limitar su alcance

El PP preguntará al Gobierno si prevé impulsar las subastas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud
El PP preguntará al Gobierno si prevé impulsar las subastas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud - Óscar Cañas - Europa Press
Publicado: lunes, 16 marzo 2020 12:15

El Ejecutivo no tiene por qué apurar los 15 días de vigencia inicial para solicitar su ampliación y los grupos podrán proponer nuevas medidas

MADRID, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno tendrá que pedir autorización al Congreso en el caso de que considere necesario prorrogar el estado de alarma más allá del 29 de marzo y, en ese caso, la Cámara baja podrá delimitar el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.

Así lo estable el artículo 6 de la ley de 1981 que regula los estados de alarma, excepción y sitio. Si, como ha sugerido este lunes el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, la situación actual tiene que prolongarse, será la segunda vez en esta etapa democrática que el Congreso acuerde ampliar un estado de alarma.

La declaración del estado de alarma corresponde al Gobierno, que inicialmente sólo puede decretarlo por un máximo de quince días. En el decreto que aprobó el pasado sábado el Consejo de Ministros ya se delimitó el ámbito territorial --toda España--, la duración --esas dos semanas-- y todos los efectos de la declaración, es decir, las medidas vigentes para este periodo excepcional.

Pero si el Ejecutivo considera necesario alargar la duración de estas medidas por la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, ya no podrá hacerlo solo y tendrá que entrar en juego el Congreso.

En concreto, el articulo 6 de la Ley que rige el estado de alarma establece que éste "sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga". Es decir, los grupos parlamentarios podrán defender y someter a votación las medidas que, desde su punto de vista, deban aplicarse en esa prórroga.

EL PRECEDENTE DE LOS CONTROLADORES

De los estados de alarma, excepción y sitio, en esta etapa democrática únicamente se ha activado el primero. Fue el 4 de diciembre de 2011 con motivo de la huelga de controladores aéreos. En aquella ocasión, el Gobierno tuvo que solicitar una prórroga al Congreso, pero no apuró los 15 primeros días de vigencia, sino que lo hizo el 14 de diciembre.

La Cámara aprobó la prórroga de 30 días propuesta por el Ejecutivo y el decreto inicial se prorrogó en sus mismos términos. También se sometió a votación otra propuesta sobre el alcance y la modificación del estado de alarma que no salió adelante.

El Congreso tiene programado un pleno para el próximo 24 de marzo, con el objetivo de convalidar dos decretos ley. La Junta de Portavoces se reunirá esta martes, de forma telemática, para aprobar el orden del día de esa sesión, en la que si así lo plantea el Ejecutivo podría solicitarse la prórroga del estado de alarma. La semana pasada los grupos acordaron que a esa sesión plenaria únicamente acudan de manera presencial los miembros de la Mesa que estén en condiciones de hacerlo, los portavoces titulares de cada formación y las personas que vayan a tomar la palabra en los debates de convalidación de los dos decretos ley.

En cualquier caso, se soliciten o no prórrogas, la ley obliga al Gobierno a dar cuenta al Congreso, no sólo de la declaración del estado de alarma, sino también de todos los decretos en relación con éste que dicte bajo su vigencia y así como de suministrarle toda la información sobre el mismo que le sea requerida.

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