MADRID 17 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha preguntado al Tribunal Constitucional sobre si el artículo 1 de la Ley 3/2007, que exige tener 18 años para poder ir al Registro Civil a solicitar una rectificación de la mención relativa al sexo en las personas es acorde con la Carta Magna.
En un auto dado a conocer este jueves, la Sala de lo Civil del alto tribunal, reunida en Pleno, expone que las personas menores de edad, aunque con limitaciones en su disfrute, también son titulares de los derechos fundamentales a la intimidad personal, la propia imagen, la integridad física y la salud en relación con el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
El Supremo señala que en los casos de menores con suficiente madurez, que realiza una petición seria por encontrarse en una situación estable de transexualidad, tiene dudas de que la restricción absoluta que supone la exigencia de mayoría de edad para poder solicitar el cambio en la mención registral del sexo y el nombre sea acorde a los derechos fundamentales. Por ello pregunta al Constitucional si el citado artículo vulnera los principios de la Carta Magna.
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