El Tribunal Supremo condena a 18 años de cárcel a tres individuos por alijar 3.000 kilos de hachís en Cabo de Gata

Europa Press Nacional
Actualizado: sábado, 30 mayo 2009 13:38

ALMERÍA 30 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un total de 18 años de prisión a tres individuos a los que a los que la Guardia Civil sorprendió en junio de 2005 cuando alijaban más de tres toneladas de hachís en la playa de El Embarcadero, ubicada en el término municipal de Níjar y dentro de los límites del parque natural de Cabo de Gata, para su posterior traslado a un camión, sustraído días antes a un empresa de mudanzas para el porte de la droga.

La sentencia del Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de V.E., I.E y A.O., quien alegó que los tres jóvenes no participaron en el desembarco de los fardos ya que en las ropas mojadas que vestían cuando fueron localizados por los agentes no se halló residuo salino al tiempo que aluden a un presunto error en el pesaje y el análisis de la sustancia intervenida.

Los tres penados, a los que la Audiencia Provincial de Almería impuso cinco años de prisión y una multa de diez millones de euros como autores de un delito contra la salud público y otros seis meses por robo de uso de vehículo a motor, eran detenidos en la madrugada del 4 de junio cuando descargaban 104 fardos de hachís en la citada cala de la pedanía nijareña de Los Escullos.

Pese a que emprendieron la huida al detectar la presencia de los agentes del Instituto Armado, todos, de entre 29 y 45 años y procedentes de Lituania, eran localizados horas después gracias a dispositivos de visión nocturna por unidades de Cabo de Gata, Níjar y el puerto de Almería, ocultos en la hondonada de un barranco próximo a la zona.

En el momento del arresto, portaban todavía la ropa que se había humedecido durante la operación de desembarco de la droga, cuyo posterior análisis desveló una pureza del 18,83 y el 19,17 por ciento, que el tribunal califica como "alto grado de concentración de tetrahidrocanabinol" pese a matizar que el hachís no está tipificado como sustancia que cause grave daño a la salud aunque la cantidad intervenida "es 1.246 veces superior a la tipificada como de notoria importancia".

Según el testimonio que los números de la Guardia Civil prestaron durante la vista oral, el camión de la marca Iveco al que los tres procesados, con residencia habitual en Murcia y Alicante, forzaron la cerradura de la puerta del conductor e hicieron un 'puente' se encontraba cargado con un total de 3117,361 gramos de hachís cuando fueron sorprendidos 'in fraganti'. Por los daños causados al vehículo, el fallo les impone, además, el pago de una indemnización de 830 euros.

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