BARCELONA, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado por dos delitos de asesinato a otro de los cinco acusados de matar a tiros a dos vigilantes de seguridad en 2002 durante el asalto a un furgón blindado en Terrassa (Barcelona). El único condenado hasta ahora por las dos muertes era su compañero, Juan Pedro L.F., quien cumple pena desde que en noviembre fuera declarado culpable por un tribunal popular, que absolvió al ahora condenado.
El hombre, José Antonio N.A., sólo había sido condenado por el delito de robo con violencia, y quedó en libertad después de cumplir un año de prisión preventiva y pagar una fianza de 6.000 euros.
Ahora, el mismo TSJC considera elevado el riesgo de fuga al incrementarse la pena de 5 a 34 años de cárcel. Por ello, decretó la prisión provisional y sin fianza el 15 de octubre.
Finalmente, sobre las 8 horas de esta mañana, agentes del Cuerpo Nacional de Policía lo detuvieron en Sant Vicenç dels Horts (Barcelona) "tras arduas gestiones" y antes de que el condenado "huyera".
La Sala Civil y Penal del TSJC ha estimado parcialmente el recurso que interpusieron la Fiscalía y la acusación particular, por lo que se condena a José Antonio como coautor del doble crimen a 15 años de cárcel por cada asesinato. Además, le mantiene la pena de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia de Barcelona por un delito de robo con uso de armas.
Asimismo, deberá indemnizar, junto con el otro penado, con 510.000 euros a los familiares de las víctimas. Sin embargo, el TSJC le absuelve del delito de tenencia ilícita de armas de fuego.
Por último, el alto tribunal catalán ha desestimado íntegramente el recurso de apelación de la defensa del otro acusado, y le confirma plenamente la pena impuesta de 41 años y medio de prisión.
TRES ABSUELTOS POR EL JURADO.
Juan Pedro L.F. y José Antonio N.A. fueron juzgados por un tribunal popular el pasado mes de noviembre junto a los otros dos presuntos autores del crimen, Sergio C.A. y Javier L.P., y otra cómplice, María Teresa M.C., que finalmente fueron declarados inocentes.
El jurado consideró "no suficiente" el reconocimiento que de ellos hicieron los testigos y decidió dar mayor credibilidad a las personas que afirmaron haberlos visto en otro lugar a la hora del atraco.
La sentencia declaró probado, en base al veredicto, que el 9 de diciembre de 2002 dos personas que actuaban de común acuerdo y con la intención de enriquecerse se desplazaron al centro de ocio Parc Vallès de Terrassa y esperaron a que las víctimas, los guardas jurados Francisco F.R., de 51 años, y Eladio R.R., de 40, recogieran la recaudación del multicine AMC, 219.700 euros.
Cuando los fallecidos salieron del centro, los dos individuos se dirigieron corriendo hacia los vigilantes y uno de ellos realizó varios disparos contra una de las víctimas. Acto seguido, un tercer atracador, Juan Pedro L.F., disparó contra los vigilantes desde otro lugar y, antes de marcharse y habiéndose apoderado de las sacas de la recaudación, "colocó su pistola tocando la cabeza de Francisco F.R. y le disparó".
Según la sentencia, José Antonio N.A. no participó en el tiroteo, pero se mantuvo al volante de un coche estacionado junto al furgón blindado para evitar que el vigilante que se encontraba en su interior, único superviviente y principal testigo de los hechos, pudiera auxiliar a sus compañeros, garantizando así el éxito del atraco.
Sin embargo, ahora el TSJC le considera coautor, ya que las muertes de los vigilantes "formaban parte del inicial plan del robo acordado por todos" los integrantes del grupo asaltante.