El TSJC confirma el procesamiento de Jové y Salvadó por la organización del 1-O

El diputado de ERC en el Parlament y exsecretario general de Vicepresidencia y Economía de la Generalitat, Josep Maria Jové (i), y el también diputado y exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó (d), ante el TSJC, en Barcelona, a 11 de marzo de 2020.
El diputado de ERC en el Parlament y exsecretario general de Vicepresidencia y Economía de la Generalitat, Josep Maria Jové (i), y el también diputado y exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó (d), ante el TSJC, en Barcelona, a 11 de marzo de 2020. - David Zorrakino - Europa Press - Archivo


Niega una criminalización política y cree que usaron su cargo "para satisfacer sus aspiraciones ideológicas"

BARCELONA, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado el procesamiento del diputado de ERC en el Parlament y exsecretario general de Vicepresidencia y Economía de la Generalitat, Josep Maria Jové, y al también diputado y exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó, por presuntos delitos de desobediencia, prevaricación, malversación y revelación de secretos por su participación en la organización del 1-O en 2017.

Según ha informado este viernes el TSJC, la Sala Civil y Penal desestima los recursos de reforma interpuestos por los dos diputados contra el auto de procesamiento dictado el 27 de febrero, en los que alegaban varios motivos, como vulneración de derechos fundamentales.

Al procesar a Jové y Salvadó, la magistrada instructora les obligó a personarse mensualmente en el juzgado, les retiró el pasaporte y les prohibió salir del país, e impuso una fianza de responsabilidad civil de 2,8 millones para Jové y de 1,6 millones en el caso de Salvadó, y en el auto de este jueves, da cinco días a las defensas para presentar recurso de apelación.

DEFIENDE INDICIOS DE DELITO

A las alegaciones de Jové criticando una vulneración de derechos fundamentales en el proceso, la jueza contesta que se ha hecho "con pleno respeto a los principios que rigen todo proceso penal y a los derechos constitucionales".

Argumenta que el procesamiento no hay vulneración de derechos y "no supone la criminalización de un proyecto político independentista, sino el análisis de si los procesados relegaron la actuación política para satisfacer sus aspiraciones ideológicas, sirviéndose para ello de ilícitos mecanismos propiciados por su posición institucional".

También descarta la ausencia de indicios que sustenta la defensa de Jové por supuestamente usar datos del censo de población para el referéndum "al no responder presuntamente la actuación administrativa al ordenamiento jurídico sino a la voluntad de la autoridad que la ejerce".

En cuanto a la falta de indicios de delito que esgrime la defensa de Salvadó, la jueza señala "la desobediencia que implicaba continuar trabajando tanto en el desarrollo de escenarios post referéndum de autodeterminación, como de una Hacienda propia que incluyese impuestos no cedidos, cuando el TC ya se había pronunciado sobre la ilegalidad del primero y sobre la incompetencia de la Generalitat" para regular, gestionar o interferir en impuestos estatales.

PROCESADOS EN FEBRERO

La jueza decidió procesarlos en febrero al considerar que "planearon que era necesario preparar las estructuras de Estado y una adecuada financiación para cuando Cataluña contase con la independencia".

En la citación para las declaraciones indagatorias el 11 de marzo, ambos procesados acudieron al TSJC y se acogieron a su derecho a no declarar "para denunciar que su caso forma parte de la causa general contra el independentismo", explicó ERC.

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